La recaudación tributaria y de cotizaciones sociales se desploma un 30% en el confinamiento

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Desde abril la recaudación por impuestos y cotizaciones sociales ha mostrado un claro deterioro de los ingresos totales. Las cotizaciones de abril se reducen en un 6% en relación al año anterior y las de mayo y junio en un 14%. En cuanto a los ingresos tributarios, su cuantía total cae en torno a un 30% en relación a 2019 en abril, mayo y junio y el acumulado hasta este último mes en un 11%, según cifras de Fedea. Este descenso se debe a la caída de la actividad económica y a los aplazamientos de pagos tributarios autorizados por ley durante el estado de alarma.

En lo que respecta a los ingresos que se queda el Estado, estos se reducen en torno a dos tercios durante abril y mayo y pasan a ser negativos en junio (indicando que el Estado está pagando más de lo que recauda en entregas a cuenta a las administraciones territoriales). Los ingresos estatales acumulados hasta junio caen en casi un 35%, mientras que los de las CCAA aumentan en torno a un 11%. El grueso de la caída refleja el descenso de la actividad y los aplazamientos de pagos tributarios que han sido autorizados en los recientes decretos de medidas paliativas de la crisis del covid, que han supuesto una pérdida (en principio transitoria) de recaudación hasta junio de unos 3.400 millones de euros.  

Fedea pone en evidencia que el impacto de la crisis sobre las cuentas públicas se aprecia con claridad, al registrarse una fuerte caída de la recaudación tributaria y un significativo aumento del gasto, mientras que las prestaciones por desempleo y cese de actividad comenzaron a caer en junio. Fedea señala que se observa una clara recuperación de la actividad y el empleo, aunque manteniéndose todavía en niveles muy por debajo de lo normal.

En cuanto a la partida de los gastos, a nivel autonómico, el impacto de la crisis es poco significativo, con la excepción de abril, y proviene en buena parte del fuerte crecimiento del gasto corriente en bienes y servicios s (+13,3% en el acumulado hasta mayo) que seguramente es de origen sanitario. En cuanto al Estado, los efectos de la crisis comienzan a apreciarse en el mes de marzo, con un incremento en el gasto total del 20% en relación al mismo mes del año pasado que recoge el fuerte aumento de las transferencias a CCAA (en más del 50%) y del gasto corriente en bienes y servicios (que más que se triplica) como resultado de la evolución del gasto sanitario y farmacéutico. En abril el patrón se mantiene y acentúa, con un crecimiento interanual del gasto del 50% debido fundamentalmente al aumento de las transferencias a las CCAA (incluyendo un anticipo de la mitad de la previsión de la liquidación de 2018, además de las mayores entregas a cuenta) y a la Seguridad Social, así como al crecimiento del gasto sanitario (que pesa poco en el total).

En mayo las transferencias a CCAA se normalizan y con ellas el nivel de gasto en el mes, que “sólo” crece un 11% en relación al año anterior. Finalmente, en junio se observa otro fuerte repunte del gasto que se debe fundamentalmente a una transferencia de 11.000 millones a la Seguridad Social para compensar los efectos de la crisis sobre sus cuentas.

Finalmente, en el caso de la Seguridad Social el cambio más llamativo es el incremento en el gasto de abril y mayo como resultado del pago de prestaciones por ceses de actividad ligados al Covid, que asciende a más de 1.000 millones mensuales. Esta partida es la principal responsable del aumento interanual del gasto en los meses de abril a junio (entre el 12 y el 14%).

La compra del copropietario de parte de la vivienda al otro dueño está exenta del pago de ITP

Gtres

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La Dirección General de Tributos considera exenta en el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) la compra de la parte de la vivienda al otro copropietario, a cambio de compensarle con dinero. En el caso resuelto la propiedad del inmueble se repartía entre dos hermanos que querían disolver la comunidad de bienes (o extinción de condominio).

Así, la DGT en la resolución vinculante V2165-20 concluye que la disolución de una comunidad de bienes sobre una vivienda que no realiza actividad empresarial y en la que uno de los propietarios se adjudica toda la casa compensando al otro propietario con dinero, tributará sólo por el concepto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) y no por el ITP.

En cuanto al ITP, Tributos afirma que la división solo estará no sujeta cuando cada copropietario reciba lo mismo en la división o cuando, siendo dicha división imposible (caso de un único inmueble), se compense al otro en metálico. En este punto, cuando haya varios inmuebles a repartir, Tributos afirma que deberán buscarse los lotes más equivalentes posibles. Y que de no hacerlo así, habría exceso de adjudicación para el que recibe más bienes de los que le corresponden, y habría que tributar en el ITP.

No obstante, José María Salcedo, abogado de Ático Jurídico, recuerda que una reciente sentencia del TSJ de Cataluña considera que, una vez se constata que no es posible llegar a un reparto equitativo (dos inmuebles de muy distinto valor), daría igual que el exceso sea de mayor o menor importe. Por eso, no habría problema en adjudicar los dos inmuebles al mismo propietario, y dejar al otro sin nada.

La base imponible del AJD (que grava el documento notarial) por la disolución de la comunidad de bienes será la parte en el valor del referido inmueble correspondiente al propietario o copropietarios, cuya participación desaparece en virtud de tal operación, y es adquirida por el otro cotitular. Veámoslo con un ejemplo: si el inmueble vale 100.000 euros, el 1,5% del AJD se aplica a 50.000 euros, ya que la otra mitad (los otros 50.000 euros) pertenecen al otro copropietario.

Desde Ático Jurídico recuerdan que esta interpretación tiene su origen en una sentencia dictada por el Tribunal Supremo en 2018.

Ahorro en el IRPF

La Ley del IRPF establece que no hay ganancia o pérdida patrimonial en caso de disolución de la comunidad de bienes, salvo que se actualice el valor del inmueble. En caso de actualización, el contribuyente que no se adjudique la vivienda, pero reciba una compensación económica superior al valor que tenía el inmueble cuando lo compró o heredó, deberá tributar en el IRPF.

Por ejemplo, es el caso de una vivienda comprada por dos hermanos por 120.000 euros. Cada uno será propietario del 50% de la casa por valor de 60.000 euros cada uno. Si al cabo de los años, uno de los hermanos se queda con el 100% de la casa valorada en 180.000 euros, la compensación que cobrará el otro será de 90.000 euros, es decir, 30.000 euros más que su valor de compra. Este incremento de valor debe tributar en el IRPF.  

“Frente a este criterio se han revelado diversos Tribunales Superiores de Justicia, como el del País Vasco, o el de la Comunidad Valenciana. Consideran que la Ley del IRPF prohíbe actualizar valores en una disolución de comunidad. Y que, por tanto, si esto se hace, no tendrá implicaciones en el IRPF, ni habrá ganancia”, comenta José María Salcedo. También añade que hay otros tribunales, como el de Andalucía, que son contrarios a este criterio y son favorables al criterio de la Agencia Tributaria.

Salcedo recuerda que hasta que el Supremo se pronuncie sobre esta cuestión, los contribuyentes están en su derecho de solicitar la rectificación de la autoliquidación de IRPF y la devolución de ingresos indebidos.

10 consejos para proteger la reputación “online” personal y empresarial

confilegal.com

De forma inconsciente casi todos compartimos nuestra vida en la red analizar las consecuencias que esto puede tener en nuestra vida personal y laboral.

A veces, son otros los que publican información, contenidos o datos nuestros, perjudicando seriamente nuestra reputación.

Desde Legálitas indican algunos aspectos fundamentales a tener en cuenta, tanto anivel particular como empresarial, para proteger la reputación online. A nivel personal:

1. Cuidado con las fotografías que subes (o que otros suben) a las redes sociales

Es muy importante ser consciente que en el momento en que cualquier persona sube una fotografía a internet, pierde el verdadero control sobre ella, pudiendo llegar a terceros que realicen un uso ilegítimo de ella.

Es muy sencillo que cualquiera, en contra de nuestra voluntad, publique en otro lugar una fotografía o un contenido publicado previamente por nosotros en una red social.

Pero es que además, es importante recordar que cuando el usuario publica un contenido en una red social cede unos derechos a esa red social y quizás también a los usuarios de la misma.

2. Cuidado con los datos que proporcionas a páginas web

Antes de rellenar formularios en cualquier página web, a la que estás facilitando todo tipo datos personales, es recomendable leer el aviso de privacidad o las condiciones de uso de página web, con esto sabrás qué harán con tus datos y donde irán a parar.

3. Cuidado con los perfiles que crees en la red

Cuando crees un perfil en una red social o en una página web, recuerda que, salvo que lo configures de otra manera, estarás creando el perfil que verán el resto de usuarios, por lo que, si no quieres que te identifiquen tan fácilmente, trata de no poner todos tus datos personales.

Por ejemplo, utiliza sólo tu primer apellido o utiliza siglas.

Debes ser consciente de que esos perfiles son públicos y son indexados por los buscadores de Internet, por lo que, siempre trata de configurar tu privacidad de forma que te sientas cómodo con lo que muestras al resto del usuarios de Internet.

4. Cuidado con las imágenes que compartes a través de internet

Recuerda que todas las fotografías que envías a otros usuarios pueden ser utilizadas con fines malintencionados, por ello, intenta ser prudente con las imágenes que envías y a quien se las envías, puesto que vas a perder el control sobre ellas.

En ocasiones, incluso esas fotografías pueden ser captadas de manera ilícita por terceros por brechas de seguridad en las aplicaciones que utilizamos o porque alguien accede a nuestros dispositivos son nuestro consentimiento.

5. Cuidado con lo que escribes, tu perfil dice mucho de ti

Recuerda que todo lo que escribes en la red, se queda en la red. Tu “huella digital” la forma todo lo que has publicado, comentado, o compartido en la red. También por lo que los demás dicen o han compartido de ti. Recuerda que cuando usas una red social, al final, ésta se convierte en tu carta de presentación en la red, por lo que es importante que cuides lo que dices, y cómo lo dices.

LA REPUTACIÓN ONLINE DE LAS EMPRESAS

Puede ser difícil lograr el prestigio de una empresa. Sin embargo, es muy sencillo que las opiniones de los usuarios y clientes le afecten negativamente. Una mala gestión de tu imagen de marca en internet puede tener efectos fatales para tu negocio. Por ello, si tienes un negocio, debes prestar atención a lo siguiente:

6. Ten presencia en las redes sociales

Lo mejor para que cuides la imagen de tu marca, y la puedas preservar, es que crees tus propios canales en redes sociales.

Éstos serán la fuente oficial para los usuarios a la hora de informarse o de presentar sus quejas, comentarios o sugerencias de manera que seas tú quien pueda dar respuesta inmediata a los mismos.

7. Interactúa con tus seguidores

Es muy importante que des respuesta a los comentarios y preguntas de tus seguidores de manera rápida, y siempre en un tono educado y cercano.

Además no debes centrarte sólo en responder a los comentarios negativos, sino también en agradecer todos los buenos y positivos.

8. Escucha activa

Escucha y monitoriza a través de herramientas especializadas las conversaciones sobre tu marca para poder extraer corrientes de opinión sobre tus productos y de tus contenidos para poder definir la estrategia de venta de nuevos productos y lanzamientos.

Genera relaciones en las redes con personas que se consideran influyentes para que puedan generar prescripción de tu marca.

9. Posicionamiento

Genera una buena estrategia de marketing de contenidos para posicionar tus productos en buscadores como Google y que las opiniones positivas de tus productos o tus servicios aparezcan en las primeras posiciones.

Incuso aunque tu negocio no sea digital, tus usuarios y clientes hablarán de ti en la red.

10. ¿Qué puedo hacer si alguien usa en una red social una marca que es mía y da lugar a confusión

? Si alguien usa tu marca sin tu consentimiento, puedes intentar contactar con la persona que está utilizando para que deje de hacerlo, pero si esto no funciona, entonces tendrás que ponerte en manos de profesionales que te podrán asesorar correctamente estudiando tu caso.

Del teletrabajo de “emergencia” a regular los espacios digitales como oportunidad de futuro

José Vicente Berlanga Arona, presidente de ENUSA, Industrias Avanzadas, apuesta por la transformación digital para encarar el futuro con seguridad.

confilegal.com

José Vicente Berlanga Arona 

El anteproyecto de Ley de Trabajo a Distancia, actualmente en tramitación parlamentaria, recoge en su Exposición de Motivos que “el desarrollo de las tecnologías de la información ha facilitado las formas de trabajo alternativas a las estrictamente presenciales”.

Sin duda, uno de los cambios más significativos que se ha consolidado tras el periodo de confinamiento como consecuencia de la COVID-19 ha sido la forma de trabajo, toda vez que las empresas tuvieron que cerrar de manera inmediata sus puertas como parte de la estrategia para frenar los casos de contagio.

La  pandemia ha supuesto un auténtico ejercicio de resiliencia a todos los niveles.

No solo ha puesto a prueba nuestro sistema de Salud Pública, sino que también, ha sido un auténtico ejercicio de introspección colectiva sobre nuestras capacidades de adaptarnos a los cambios sobrevenidos.

La transformación digital en los entornos laborales llevaba tiempo asomándose a nuestras puertas aunque con mayor o menor éxito en su implantación hacia estrategias  4.0

Lo cierto es que la necesidad de adaptarse, por supervivencia, a una situación desconocida ha hecho que muchas empresas hayan dado un paso importante hacia estos procesos de digitalización.

Y una vez iniciado este camino ya no hay marcha atrás, se podrá ir más deprisa o más despacio, pero no se puede retroceder.

LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LAS EMPRESAS NO ES SOLO DIGITALIZACIÓN, NO ES SOLO TECNOLOGÍA

Conlleva un importante cambio cultural asociado, modificar la manera de hacer y de pensar, donde el verdadero motor para lograrlo son las personas.

Las organizaciones están habituadas al presencialismo y a la socialización del trabajo, al tiempo que se han sentido apabulladas por la explosión de las nuevas tecnologías y los nuevos canales de comunicación sin haber podido acompañar la formación al ritmo del progreso adecuado al momento.

En el caso concreto de ENUSA, nuestro “viaje” en el camino de la transformación digital comenzó hace algunos años.

La adopción de tecnologías, herramientas y métodos avanzados en materia de trabajo colaborativo, productividad, inteligencia de negocio y desarrollo de ecosistemas digitales y ciberseguridad nos ha permitido hacer frente de manera satisfactoria a la situación de aislamiento social, que quedó en eso porque estábamos preparados para evitar el aislamiento laboral.

La situación vivida no ha hecho más que acelerar el camino del aprendizaje individual, colectivo y organizativo, fomentando el trabajo en equipo y la colaboración ente nuestros profesionales.

Cuando la visión se hace en conjunto, como toda nueva estructura cultural, social y laboral, nos quedan algunas incógnitas que despejar en una ecuación que tiene muchas partes y soporta múltiples resultados.

Entre ellas, la brecha digital que aún existe en España y no permite la misma capacidad de conexión en unas zonas y otras. La pandemia nos ha puesto frente a nuestras contradicciones.

Mientras que en el medio rural la afección ha sido menor por la dispersión social como elemento de prevención natural, el trabajo en ese entorno se complica por las diferencias de conectividad con el medio urbano, más masificado y afectado por la COVID, pero con más infraestructuras que permiten trabajar a distancia.

BRECHA INTERGENERACIONAL

Y no podemos olvidar la brecha digital intergeneracional.

Convivimos generaciones tradicionales que tienen que caminar en el aprendizaje de las tecnologías digitales y su uso y las nativas digitales, que lo llevan en el ADN.

El teletrabajo de “emergencia” tiene mucho que evolucionar y no puede –y probablemente no debe- sustituir determinados entornos presenciales, pero sí debe ser el catalizador de un modo de gestión más sostenible donde las herramientas digitales abunden en disminuir la huella de carbono, donde los “ladrones de tiempo” en aeropuertos, estaciones de trenes, eternos viajes de coches o autobuses queden encerrados en esos espacios de trabajo donde las ondas o la fibra óptica nos acercan a clientes, compañeros, profesores, amigos, etc.

Lo cierto es que, como en todos los grandes cambios, hará falta un riguroso proceso de reflexión colectiva para decidir hacia qué sociedad deseamos caminar y de qué forma transitamos ese camino.

Un debate que ya está encima de la mesa en todo el tejido productivo del país, la evolución técnica nos lleva a cambios en los modos de producción y a tener que entender una nueva apertura de futuro con pensamiento crítico y decisiones meditadas que nos permita razonar de manera más eficaz para la consecución de los objetivos estratégicos con un mayor rigor y equilibrio.

Estrategias Digitales más humanas y éticas que busquen proyectos que impulsen la economía para mejorar y ser más competitivos.

Se trata de reconstruir a través de la transformación digital; combatir los efectos de la pandemia y salir de la actual crisis con iniciativas digitales como el “bigdata”, las redes 5G, la nube, la inteligencia artificial o la robótica.

Como afirma Ursula von der Leyen, presidenta de la Comisión Europea, debemos trabajar para construir  “un planeta sano y un nuevo mundo digital”.

Ley del teletrabajo: las empresas no asumirán todos los gastos que supone el trabajo online

Pedro Sánchez y a la derecha, Antonio Garamendi, presidente de la CEOE / Gtres

idealista.com

La última versión del anteproyecto de ley para regular el teletrabajo establece que las empresas no tendrán que asumir todos los gastos (directos e indirectos) del trabajo a distancia. Así, no pagarán todos los gastos de uso y consumo en que incurra el trabajador como consecuencia del trabajo, como son el gas, internet o la electricidad.

Según publica eldiario.es, en el borrador actual se contempla que el trabajador sigue teniendo derecho a la compensación de los gastos, pero no a su totalidad. Así, la empresa se hará cargo del coste de equipos, herramientas y medios, pero el texto deja la puerta abierta a que se paguen gastos como el gas, internet o la electricidad.

De hecho, el borrador deja en manos de los convenios colectivos la compensación de los gastos. Según eldiario.es, si el convenio dijera que dan 50 euros por teletrabajo y que eso incluye el pago del wifi, gas, electricidad, papel, etc., la ley lo permitirá.

Otros cambios importantes contemplados en el último borrador de la ley es que no habrá derecho al teletrabajo “por fuerza mayor” cuando un familiar enferme; tampoco habrá teletrabajo por “fuerza mayor empresarial”, es decir, las empresas no estarán obligadas a implantar el teletrabajo antes de recurrir a un ERTE total o parcial. Por último, en el borrador se contempla la posibilidad de que empresa y trabajador pacten un horario flexible (que le permita alterar el horario siempre y cuando se cumpla el tiempo de trabajo y momentos de “disponibilidad obligatoria”) antes de empezar a teletrabajar.

La próxima reunión para hablar de este anteproyecto de ley está programada para septiembre. Después, tendrá que pasar por el trámite parlamentario.

El Gobierno recomienda a los apartamentos turísticos guardar un registro de sus clientes durante un mes

Sanidad da el visto bueno al protocolo elaborado por el Instituto para la Calidad Turística Española con el consenso de los agentes sociales

Un grupo de turistas entra en un edificio de Barcelona, el pasado julio.

elpais.com

JOSÉ LUIS ARANDA

Registrar a todos los ocupantes del apartamento y guardar ese registro durante 30 días para facilitarlo a las autoridades en caso necesario. Esta es una de las recomendaciones que se recogen en el nuevo protocolo para viviendas de uso turístico que ha elaborado el Instituto para la Calidad Turística Española (ICTE) a petición del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Entre las medidas, figura también la de entregar mascarillas y gel o guantes a los clientes a su llegada al alojamiento. Cuando este forme parte de un bloque colectivo, dicha entrega deberá realizarse antes de entrar en el edificio, obligando a los visitantes a hacer uso de los equipos de protección.

El documento es una mera recomendación sin carácter obligatorio ni un régimen sancionador aparejado, pero ha nacido con el consenso de la Administración, la patronal Fevitur (que agrupa unos 185.000 apartamentos) y los sindicatos. Se trata del 22º protocolo que elaboran los técnicos de ICTE (tras otros 21 dedicados a otros actores del sector turístico: desde hoteles hasta las oficinas de atención a visitantes) a petición de la Secretaría de Estado de Turismo, que forma parte de la junta directiva de esa asociación empresarial que gestiona la marca Q de calidad turística. Ha recibido ya el visto bueno de Sanidad y está en manos de las comunidades autónomas, que puesto que tienen las competencias transferidas colaboran en su implementación para aquellas empresas que quieran adherirse a esas buenas prácticas.

Para ayudar a contener la expansión del coronavirus, también se recomienda prescindir en la medida de lo posible de alfombras, textiles y otros objetos decorativos en los pisos turísticos. Las llaves deben ser entregadas tras un proceso de desinfección. Las basuras, tener doble bolsa y un accionamiento no manual y las almohadas o mantas que se guarden en armarios deben estar correctamente protegidas. Tras cada cambio de cliente hay que desinfectar todas las perchas.

La guía también contiene un alto número de recomendaciones dirigidas a los empleados de los apartamentos turísticos. Se encomienda, por ejemplo, la elaboración de planes para garantizar la seguridad de los trabajadores y el respeto de las distancias mínimas de seguridad, además de facilitarles los EPI (equipos de protección individual) adecuados. También se describe cómo debe ser la limpieza de los alojamientos, cuya frecuencia debe incrementarse. Al propietario de la vivienda le corresponde asegurarse de que el personal de limpieza cuenta con las protecciones adecuadas incluso en los casos en que esa labor se encuentra subcontratada. También se hace hincapié en las medidas informativas, tanto a clientes como a empleados.

El último protocolo del sector

De hecho, el protocolo se dirige exclusivamente a las viviendas que tienen personal contratado, no a los pisos que gestiona directamente un particular, puesto que se elabora en el marco de la prevención laboral. La otra limitación del nuevo documento es que no contempla en su aplicación las viviendas que se alquilan por habitaciones. “Aunque están reguladas por algunas comunidades autónomas”, explica Miguel Mirones, presidente de ICTE, “serían más asimilables a otro modelo de negocio que ya existe, como por ejemplo una pensión”.

Mirones describe un proceso largo, por eso es el último de los 22 protocolos encargados por el Ministerio en ver la luz, a causa precisamente de la diversificación normativa que existe sobre la materia y también de las diferentes tipologías de alojamiento que aparecen bajo el paraguas de las VUT (viviendas de uso turístico) en las legislaciones autonómicas. Pese a ello, se ha conseguido sacar adelante el trabajo con el visto bueno de los sindicatos UGT y CC OO. También de Fevitur, que muestra su satisfacción por el hecho de que los apartamentos turísticos cuenten con su propio protocolo, lo que consideran “un paso más de normalización” para dicha actividad.

Aunque no sean de obligado cumplimiento, las normas pretenden ayudar a gestionar mejor las viviendas turísticas en plena epidemia. La obligación de registro de clientes, por ejemplo, pretende ayudar a las labores de rastreo del virus en caso necesario, la estrategia que están siguiendo las autoridades sanitarias para tratar de contener los últimos brotes de covid-19. Para identificar a los establecimientos que siguen las buenas prácticas, ICTE ha desarrollado el sello Safe Tourism Certified (certificado de turismo seguro) al que ya se han acogido más de medio millar de empresas tras pasar por una auditoría independiente y cumplimentar el proceso de certificación.

Los jóvenes españoles tendrían que cobrar el doble para poder comprarse una vivienda

Su salario debería ser de 1.935,57 euros mensuales para poder destinar menos de un 30% a una hipoteca, el nivel recomendado

Promoción de viviendas en la Comunidad Valenciana.

elmundo.com

Los jóvenes españoles ya tenían complicado comprar una vivienda antes incluso del coronavirus. De hecho, para hacerlo respetando el nivel de esfuerzo recomendado deberían tener un salario de 1.935,57 euros mensuales, es decir, el doble (101,41% más) del sueldo actual de los asalariados de menos de 34 años, porque sólo esa cantidad le permitiría destinar menos de un 30% al pago de una hipoteca.

De esta forma, un joven que quiera comprar una casa financiando el 80% del precio de venta debería pagar una entrada de 4,1 veces su sueldo anual, ya que la entrada en estas condiciones equivaldría a unos 47.104,8 euros.

Las cifras corresponden al estudio anual del Observatorio de Emancipación del Consejo de la Juventud de España y se refieren al año 2019, antes del golpe laboral y social que ha supuesto el covid-19 en nuestro país. Incluso sin pandemia, las condiciones de acceso a la vivienda para la juventud ya eran complicadas por la precarización y la temporalidad que caracteriza el empleo en este grupo. Según el Observatorio, una de cada cinco personas jóvenes con trabajo se encontraba en riesgo de pobreza y exclusión social en 2019.

De las personas jóvenes que terminaron el año pasado con un empleo, un 55,4% lo hizo en puestos temporales y, sobre todo, en sectores donde el coronavirus ha destruido mucho empleo, como la hostelería o el turismo.

“La compra de una vivienda libre ha sido imposible para una persona joven desde hace más de una década”, explicaron desde el Consejo de la Juventud. Incluso los jóvenes más mayores, los de entre 30 y 34 años, tendrían que cobrar un 48,23% más para poder hacer frente a una casa en propiedad.

Alquiler

La opción del alquiler tampoco sería válida, ya que implicaría para la mayoría de los jóvenes de hasta 29 años dedicar un 90,7% de su salario. En Cataluña, Baleares y Madrid, el coste de acceso a una vivienda libre en alquiler superaría el 100% de sueldo; es decir, es materialmente imposible que los jóvenes de estas regiones se emancipen en solitario, tal y como recoge Servimedia.

Ante la imposibilidad de comprar o alquilar una vivienda libre, las personas jóvenes que desean independizarse tienen tres opciones principales: retrasar la decisión para más adelante -la opción mayoritaria-, aspirar a participar en el proceso de adjudicación de una vivienda protegida -con poca oferta- o buscar alternativas fuera del mercado.

La única opción para los jóvenes con empleo es, según el informe del Observatorio de Emancipación, compartir piso. Esto costaría a cada joven una media de 287,45 (el alquiler medio de una habitación), es decir, un desembolso del 29,9% de su salario, cuando el porcentaje máximo de sus ingresos que una persona puede dedicar a la vivienda es un 30% para poder afrontar el resto de gastos.

Una vivienda entera de alquiler supondría para un trabajador joven el 44,3% de su salario, lo que resulta prácticamente imposible.

Falta de medidas

Y es que el precio de la vivienda en alquiler en España continúa con una considerable escalada que, de media, alcanza los 872 euros mensuales al cierre de 2019. El esfuerzo económico que conllevaría sufragar el precio de la vivienda de alquiler para una persona joven, ya tenga o no trabajo, y en solitario equivaldría al 90,7% de su salario neto.

Según el presidente del Consejo de la Juventud, Manuel Ramos, “muchas veces la realidad de las personas jóvenes pasa por debajo del radar de las medidas generales”. En este sentido, mencionó las medidas adoptadas durante la crisis del coronavirus y afeó que, en ocasiones, no llegan a los jóvenes.

“No puede acogerse a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) quien está en unas prácticas extracurriculares o incluso quien trabaja sin contrato. En un escenario, además, donde la búsqueda de empleo se complica, al igual que la posibilidad de tener una primera experiencia laboral”, indicó.

Asimismo, el CJE lamentó que muchos programas y ayudas a la compra o al alquiler de vivienda para jóvenes son “de facto inaccesibles para personas menores de 30 años”, ya que “incluyen requisitos como contratos fijos de trabajo o cierta permanencia”, algo inalcanzable para muchos jóvenes.

Los jóvenes expertos en ‘real estate’ creen en el teletrabajo y en la evolución de las oficinas

Imagen del teletrabajo / pxfuel.com

idealista.com

Savills Aguirre Newman ha reunido en un encuentro digital a diferentes jóvenes expertos del sector inmobiliario para discutir sobre la evolución del mercado y las tendencias del futuro. Los profesionales están convencidos de que las empresas optarán por un modelo laboral híbrido que combine los encuentros en la oficina y el trabajo desde casa.

Además, estos jóvenes expertos también reclaman un marco legal y regulatorio ad hoc para otorgar seguridad jurídica a la compañía y a los trabajadores ante esta nueva situación. Con respecto al modelo de las oficinas, coinciden en señalar que, más que reducir la superficie de estas, las empresas adaptarán estos espacios a sus nuevos usos, más centrados en acoger reuniones y fomentar el espíritu de comunidad dentro de la empresa.

La primera sesión de los Savills Talks Young Talent, liderada por Lucas Piatti, Strategic Real Estate Advisory en Savills Aguirre Newman, ha contado con la participación de profesionales del sector inmobiliario y legal, que han reflexionado sobre los efectos de la pandemia y el teletrabajo en el segmento de las oficinas. Las principales conclusiones que se extraen del debate son:

  • El teletrabajo ha venido para quedarse, pero los hogares necesitan estar preparados para ello y se debe crear un marco legal específico que lo regule.
  • Es posible que se reduzca la superficie contratada para oficinas, aunque menos de lo que podía parecer en un inicio.
  • Las oficinas pasarán a ser lugares de encuentro para formaciones, reuniones y actividades de team building.
  • Ciudades como Barcelona o Madrid, donde la demanda de oficinas de alto nivel es elevada, asumirán el reajuste en el segmento sin dificultades.

Así, los profesionales reunidos están convencidos de que, tras haberse probado que el teletrabajo puede ser una opción viable y efectiva para muchas empresas, se adoptará un modelo laboral híbrido que combinará el work from home con las reuniones presenciales en la oficina. Además, consideran que la flexibilidad que ofrece el ‘homeoffice’es un atractivo extra para los trabajadores, sobre todo los más jóvenes, lo que permite a las compañías atraer y fidelizar el talento. Sin embargo, recuerdan que es necesario crear leyes específicas que regulen el teletrabajo, así como adaptar los hogares a las necesidades derivadas de este modelo.  

En relación con la contratación de oficinas, coinciden en señalar que las primeras previsiones según las cuales se reduciría drásticamente la superficie de estos activos quizás fueron demasiado catastrofistas. No obstante, tienen claro que cambiará el modelo de oficinas para dotarlas de mayor espacio para reuniones y zonas comunes para estar en contacto con los equipos y generar sentimiento de pertenencia y comunidad. Prevén una reducción en el espacio de trabajo individual e, incluso, que pueden llegar a desaparecer buena parte de los despachos privados.

Finalmente, y ligado a la idea de la flexibilidad, los invitados por la consultora han puesto sobre la mesa la posibilidad de que el modelo centralizado de oficinas, con una gran sede central y delegaciones en diferentes provincias pueda desaparecer. Así, podrían mantenerse las sedes en sus ciudades de origen y abrir pequeñas oficinas, o incluso gestionar acuerdos con coworkings, para tener presencia en ciudades más pequeñas y así poder atraer talento de estas zonas.

El covid-19 agrava el problema de la okupación en segundas residencias de la costa española, según la policía

Imagen de un chalet en la playa / Gtres

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Carlos Lospitao

La okupación copa los titulares de la prensa nacional y de la especializada en el sector inmobiliario desde hace semanas. El confinamiento de la población provocado por el covid-19 ha supuesto un aumento de esta actividad ilegal en segundas residencias, la gran mayoría situadas en la costa española. Una práctica que se detectó el año pasado durante los dos meses previos al comienzo de verano y que la situación generada por el coronavirus ha agravado en 2020, según señalan fuentes policiales.

“Esta tendencia de okupar las casas en la playa, que en muchos casos son segundas residencias, es algo que ya se pudo observar el año pasado. De hecho, se produjo un incremento muy importante de esta actividad ilegal y nos dimos cuenta porque aumentó el número de denuncias con respecto a la okupación de este tipo de activos. En este sentido, observamos que uno o dos meses ante del verano de 2019 se comenzaron a okupar muchas viviendas”, afirma a idealista/news Alfredo Perdiguero, subinspector del Cuerpo Nacional de Policía.

Lo que ha ocurrido este ejercicio es que la moda de okupar segundas residencias durante marzo y abril se ha acrecentado por el estado de alarma provocado por el covid-19. Una medida que redujo la movilidad entre provincias durante el tiempo que ha permanecido vigente el confinamiento. “Este año ha habido muchas más casas vacías y se han podido okupar más, pero no sólo apartamentos en la playa, sino también chalets de lujo en la costa. El problema es que es complicado la diferenciación que hace la ley de casa no habitada, de casa de un banco, de casa de una persona que no vive en ella…”, explica Perdiguero.

Con respecto al tipo de okupa de una segunda residencia en la costa o una primera vivienda en el centro de la ciudad, el subinspector de Policía Nacional asevera que no hay diferencias entre uno y otro. “Lo que sí es cierto es que existen varios tipos o clases de okupas. Están las mafias que se encargan de entrar en la vivienda para después realquilarlo de manera ilegal a otros okupas que en su gran mayoría afirman no saber que estaban en un piso okupado. Pero ahora también se ven familias enteras que se van a la playa a okupar de ‘vacaciones’. Aunque no hay que irse a la costa para observar okupaciones de este nivel. Aquí, en Madrid, en Boadilla del Monte hay varias okupaciones de ‘lujo’, por ejemplo”, narra Perdiguero.

De todos modos, el inspector del CNP se lamenta por la falta de armas jurídicas que los policías tienen para combatir esta actividad ilegal. “Cuando vas a una vivienda que han cambiado el bombín de la cerradura y el okupa tiene objetos suyos en el interior ya no puedes hacer nada. El propietario puede quedarse entre dos y tres años sin disfrutar de su vivienda y además hacer frente a los gastos de los desperfectos que los okupas puedan ocasionar una vez estos se marchen por una decisión judicial”, afirma Perdiguero.

Esta ola de okupaciones en segundas residencias ubicadas en la costa española no sólo lo ha notado la Policía Nacional. Las empresas dedicadas a mediar en este tipo de conflictos también han detectado el aumento de esta práctica durante el confinamiento. “Efectivamente, el número de segundas residencias okupadas ha aumentado debido al covid-19. Durante el confinamiento de la población apenas notamos un aumento de la actividad, pero en cuanto se reactivó la libertad de movimiento nos encontramos con multitud de peticiones en viviendas localizadas en Murcia, Valencia, Cataluña… La gente al viajar a esas segundas viviendas se encontró con okupas en su interior”, afirma a idealista/news Salvador Palazón, dueño de la compañía Desokupa Express.

Palazón confirma que esta moda de okupar segundas residencias también se inició el pasado ejercicio, al igual que ha explicado Perdiguero. “Nosotros también notamos, al igual que la Policía Nacional, que esta práctica comenzó en los meses previos al verano de 2019”, narra el empresario. “Pero el okupa no lo hace por tener mayores comodidades o sacar mayor rédito económico porque el propietario es susceptible de tener más dinero. La realidad es que el okupa se mete en la casa que ve vacía, independientemente de sus características”, aclara en este sentido.

Cuestionado por el perfil de la persona que okupa este tipo de activos Palazón explica que no lo tienen identificado. “Llevamos más de dos años trabajando y no hemos encontrado todavía ningún patrón de okupa. Es decir, nos encontramos con el mismo tipo de personas en un chalet de lujo, que en un zulo de 25 m2”, asevera.

Además, el empresario habla desde su experiencia y niega que existan tantas mafias como se dice en la okupación. “Confieso que me he encontrado con pocas mafias que se dediquen a okupar viviendas. Sólo he tratado con una persona que me dijo directamente: ‘sé de quién es este chalet y vengo a que me dé una cantidad de dinero por irme de la vivienda. Además pienso hacer la costa durante todo el verano’. Pero la realidad es que de cada diez okupas, sólo uno solicita dinero para irse. La mayoría son personas que no pueden o no quieren pagar por una vivienda”, explica Palazón, que también cree que el problema de esta actividad ilegal es “de la legislación actual”.

Aumentan las denuncias en toda España

Pero las okupaciones en segundas residencias no son las únicas que han crecido tras la crisis del covid-19. La realidad es que esta actividad ilegal ha aumentado en todo el territorio nacional, independientemente de las características del activo. 

En este sentido, la cifra de denuncias por okupación de inmuebles, en su mayoría viviendas, ha crecido un 5% interanual en lo que va de 2020, según datos del Ministerio del Interior. Entre enero y junio, se han notificado 7.450 denuncias, con una mayor incidencia en Cataluña, con más de 3.600 casos abiertos de usurpación de casas, lo que supone casi el 50% de todos los casos en España.

Por detrás se encuentran los otros grandes mercados de la vivienda como Andalucía, con 1.183 denuncias y una caída del 4,28%, Madrid con unas 657 (-9,5%) y la Comunidad Valenciana con otras 566, donde también han aumentado los casos un 14,1%.

Como ya informamos en idealista/news, los casos de ocupaciones ilegales de viviendas propiedad de particulares y empresas han aumentado. En la mayoría de las ocasiones, quienes están detrás son mafias que hacen negocio facilitando el acceso ilegal a personas con muy poca vulnerabilidad social.

Cómo inutilizar tu teléfono móvil si te lo han robado

Sobre estas líneas, el código IMEI que hay que apuntar y guardar para inutilizar el móvil en el caso de ser robado

confilegal.com

Carlos Berbell

Los móviles son los objetos más codiciados de los amigos de lo ajeno por una circunstancia clara: es muy fácil venderlos después. Diego Miranda, director de operaciones del Grupo GEES Spain, reconoce que es una experiencia muy desagradable y frustrante.

Y es comprensible, por dos razones: porque en el móvil llevamos, literalmente, nuestra vida -fotos, vídeos, mensajes, correos electrónicos, teléfonos…- y porque es un artículo muy costoso que, en ocasiones, supera con creces los mil euros.

“El afectado avisa a la compañía, que le reemplaza el chip y ya esta. Que siga la fiesta del consumo. La persona tiene que comprarse otro móvil, si no lo tiene asegurado, que es la mayoría de las veces. Si tiene la suerte de poseer una copia de seguridad, el enfado se queda en el dinero desembolsado por el nuevo móvil. Pero si no es así, el proceso se convierte en algo muy irritante. La agenda de teléfonos es posible que pueda reconstruirla pero el resto, el ‘tesoro personal’ se habrá perdido irremediablemente”, explica Miranda.

El máximo responsable del Grupo GEES Spain, aún reconociendo que no se puede hacer nada en esas circunstancias, propone algo que, al menos, impedirá que los cacos hagan negocio con nuestro teléfono, dejándolo inutilizado. 

Diego Miranda, director de GEES Spain. Carlos Berbell/Confilegal.

¿QUÉ ACONSEJA?

“Todos los móviles tienen un registro de serie único, que en ningún teléfono del mundo se repite. Es el código IMEI y equivale a las huellas dactilares o el ADN del aparato. Un código al que sólo pueden acceder los dueños del aparato”, explica Miranda.

¿Cómo?

Sólo hay que marcar *#06# sin presionar la tecla de llamada. A continuación aparecerá el código IMEI en la pantalla del móvil. Lo que hay que hacer es apuntarlo y guardarlo en un lugar seguro“, añade.

“En el caso de que el móvil sea robado, cuando llamemos a la compañía operadora, ya sea Movistar, Vodafone o cualquier otra, hay que facilitarles el código IMEI. ¿Cuál es la consecuencia? Pues que nuestro móvil quedará completamente bloqueado, inservible, inutilizado. Aunque el ladrón cambie la tarjeta SIM o el chip no podrá encenderlo”, cuenta.

“Ya sé que esto no supone que la persona recupere su móvil, pero tendrá la total seguridad de que nadie más podrá hacer uso de él y, ni mucho menos, hará negocio”.

Para Miranda, es muy importante que todo el mundo tenga esta información.

“Si toda la gente supiera esto estoy seguro de que el robo de móviles disminuiría porque no tendría sentido”, concluye. 

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