Entra en vigor la nueva ley de arrendamientos pendientes de un recurso ante los tribunales
elmundo.es
A partir de este martes, los alquileres que se firmen en Cataluña, tanto los nuevos como los que contratos que se renueven, estarán regulados por la Generalitat. El Parlament aprobó hace unas semanas una ley de regulación de contratos de arrendamiento para evitar que se dispare el precio en unos 60 municipios catalanes en los que se considera que existe un mercado de alquileres «tenso», es decir, en los últimos cinco años su valor ha crecido tres puntos por encima del IPC o que supere el 30% de los ingresos habituales de cada casa.
La nueva norma también prevé multas de 3.000 a 90.000 euros por alquilar el piso por encima de lo establecido por la Agencia de Vivienda de Cataluña por metro cuadrado, falsear el precio de referencia o un contrato o si el propietario oculta información sobre la renta anterior. En concreto, los propietarios no podrán poner el alquiler por encima de la regulación y si se supera un 20% ya se considera una infracción grave.
Los criterios para fijar el precio de los alquileres en zonas con un mercado tenso sólo tienen efectos en contratos para vivienda habituales, no modifica las condiciones vigentes ni tampoco tienen implican a segundas residencias. Tampoco se podrá subir el precio por encima de ese índice en el caso de los inmuebles que en los últimos cinco años hayan estado alquilados por debajo del índice de referencia marcado.
Aunque la ley entra en vigor este martes, su aplicación final está sujeta a los recursos de inconstitucionalidad que puedan presentarse en contra, después de que el Consejo de Garantías Estatutarias estimara que podría vulnerar varios preceptos de la Constitución. El PP ya anunció que lo haría y falto por ver si el Gobierno recurre, lo que paralizaría la norma de inmediato de forma cautelar.
La ley prevé una excepción para los propietarios que acrediten ingresos inferiores a 2,5 veces el indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC) -1.422,80 euros-, quienes podrían mantener el precio del alquiler antiguo o subirlo hasta el índice de referencia. Esa excepción, no obstante, no sería aplicable en el caso de que la unidad familiar de los inquilinos tuviera unos ingresos inferiores a 1.991 euros, es decir 3,5 veces el IRSC.
En el caso de que la falta de vivienda esté concentrada en determinados barrios o distritos, la limitación de precios podrá aplicarse en esa zona sin que afecte al resto del municipio. Para que un municipio o barrio pueda aplicar la limitación de alquileres se debe declarar su mercado de arrendamientos «tenso». La Generalitat, los ayuntamientos, consejos comarcales o diputaciones tienen potestad para promover la declaración de mercado inmobiliario «tenso», que tendrá una duración máxima de cinco años, prorrogables por otros cinco, y puede quedar sin efecto si desaparece la situación inmobiliaria que lo provocó.
Los ayuntamientos podrán flexibilizar la norma y adaptarla a las necesidades de cada municipio, con lo que podrán minorar o incrementar el precio del índice de referencia en un 5% y excluir a las viviendas con más de 150 metros cuadrados. Los límites al precio de alquileres se aplicarán en cuatro capitales de provincia catalanas, así como en otros 54 municipios catalanes, de forma inmediata, sin esperar al mínimo de nueve meses que se demoran los trámites administrativos necesarios para declarar una zona como mercado «tenso».
La prevención es la clave para evitar daños mayores y mucho más gasto
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Salen casi en cualquier sitio, a veces es difícil encontrar su origen y pueden convertirse en un auténtico quebradero de cabeza si no se detectan y se reparan a tiempo. Son las temibles goteras. El mejor consejo es siempre la prevención, un poco de tiempo y una pequeña inversión pueden evitar problemas serios cuando llega el otoño y, con él, una nueva temporada de lluvias.
Una inspección antes de que cambie la estación
Los tejados están muy expuestos y, con el paso del tiempo y la climatología, es normal que algunas tejas y juntas se deterioren. Para que aparezca una gotera no es necesario mucho: una grieta en una teja o una pequeña rotura son suficientes para que el agua se cuele hasta nuestra casa.
Por eso, nunca está de más hacer una revisión periódica del estado de las cubiertas. Arreglar a tiempo cualquier daño, aunque sea una simple teja partida, acabara ahorrando tiempo, dinero y disgustos. Por supuesto, si hay ventanas en el tejado, conviene revisarlas con detalle.
Pero no solo hay que repasar las cubiertas, terrazas o azoteas. Una junta levantada o sin aislante puede convertirse en época de lluvias en puerta de entrada del agua en casa. El momento en el que se recoge el mobiliario hasta la siguiente temporada es perfecto para revisar al milímetro toda la superficie y, si el pavimento está en mal estado, levantarlo y colocar uno nuevo.
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Limpieza
A la vez que se revisan los tejados, cubiertas, terrazas o azoteas conviene limpiar en profundidad. Hay dos razones básicas. Por un lado, porque es lo que permitirá comprobar si, efectivamente hay algún tipo de daño. Por otro, porque la suciedad acumulada puede provocar que el agua de la lluvia se estanque en algunos puntos y acabe filtrándose al interior del inmueble.
En esa limpieza se incluyen también los canalones, si los hubiera. El verano es época propicia para que se llenen de ramas, de polvo y suciedad que pueden llegar a atascarlos y, si no evacuan bien, el riesgo de goteras se eleva. En caso de que la vivienda no los tenga, siempre es un buen momento para ponerlos, es una forma más de protección.
pxfuel.comMejorar la impermeabilización
Desde la colocación de tela asfáltica en tejados y azoteas a la aplicación de poliuretano líquido en terrazas o el empleo de pinturas impermeabilizantes en juntas, caballetes, cumbreras o limas. Los sistemas para proteger un inmueble de la amenaza de las goteras son muchos y, a veces, muy fáciles de aplicar.
Pero siempre debe ser un profesional quien determine qué solución es la más conveniente y, por supuesto, quien se encargue de los trabajos. En ocasiones, intentar hacerlo por uno mismo no supone más que un parche que siempre será un arreglo provisional o que, en el peor de los casos, solo desplace el punto de filtración del agua.
No importa dónde aparezcan ni cual sea el motivo, lo cierto es que las goteras pueden provocar daños serios en los revestimientos y generar humedades nocivas para la salud. Lo mejor es prevenirlas con una buena impermeabilización y sellado de las juntas. Una inversión que, a la larga, siempre evitará gastos mayores y muchas preocupaciones.
El Tribunal Supremo tiene pendiente de concluir si el alquiler vacacional de casas rurales está o no sujeto a IVA. A priori, puede parecer que es un caso que solo afecta a los clientes de dichos hospedajes. Sin embargo, para los propietarios de estas casas están en juego miles de euros, ya que dependiendo de si el alquiler está exento o no de este impuesto, podrán deducirse el IVA soportado, por ejemplo, en la adquisición, el mantenimiento o la rehabilitación del inmueble dedicado al alquiler rural. José María Salcedo, socio de Ático Jurídico, nos aclara las claves de la decisión que puede tomar el Supremo, y cómo puede afectar los contribuyentes.
La situación actual del IVA en el alquiler de casas rurales
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.Uno.23º de la Ley del IVA, el alquiler de casas rurales está sujeto, pero exento del IVA. En dicho precepto se dispone que estarán exentos los arrendamientos de “… los edificios o partes de los mismos destinados exclusivamente a viviendas…”.
La exención del pago del IVA en los arrendamientos de casas rurales tiene un efecto favorable en los arrendatarios, que se evitan pagar este impuesto cuando se hospedan en alguna de estas casas. Sin embargo, para los propietarios surge un problema. Y es que, en caso de considerarse exento el arrendamiento, tampoco pueden deducirse el IVA que hayan soportado en la adquisición, mantenimiento o rehabilitación del inmueble. Unos gastos que suelen ser de mucha cuantía, y que no pueden repercutir al negocio que están realizando. Es por ello por lo que a los propietarios les interesará que el alquiler vacacional de casas rurales sí esté sujeto, y no exento, al IVA.
Para la Dirección General de Tributos (DGT) si existe un supuesto en el que alquiler de una casa rural estará sujeto y no exento al IVA: cuando además del arrendamiento en sí se prestan “otros servicios complementarios, propios de la industria hotelera”, como el de limpieza diaria de las habitaciones, el lavado de ropa el servicio de restaurante, etc… Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.Uno.23º.b.e’) de la Ley del IVA.
“Para Hacienda estamos, en definitiva, ante una cuestión de prueba. Y es que en la medida en que el contribuyente logre demostrar que, además del arrendamiento, presta dichos servicios propios de la industria hotelera, el alquiler de casas rurales estará sujeto a IVA. Y los propietarios tendrán el derecho a deducir el IVA soportado en su actividad”, aclara José María Salcedo, de Ático Jurídico.
La cuestión planteada ante el Tribunal Supremo
Parece que, a priori, y por tratarse de una mera cuestión probatoria, el Tribunal Supremo poco tenía que decir sobre esta cuestión, pero Salcedo añade mayor importancia al dictamen final, ya que “no es la decisión sobre el grado de prestación de los servicios propios de la industria hotelera lo que va a analizar el Alto Tribunal”
“Al contrario, el debate se centra en la cuestión de si puede considerarse “vivienda” a una casa rural destinada al arrendamiento vacacional. Y ello, cuando además es calificada como “establecimiento hotelero” por la normativa autonómica que le es de aplicación”, destaca.
Cabe recordar que el artículo 20.Uno.23º de la Ley del IVA considera que está exento el arrendamiento de edificios o partes de los mismos destinados a vivienda. Y solo se elimina dicha exención si además se presta servicios hoteleros. “Pero, ¿puede tener la consideración de vivienda una casa rural calificada como establecimiento hotelero?”, se cuestionan desde Ático Jurídico.
“Esto es, en definitiva, lo que va a decidir el Supremo (Auto 9-7-2020, y otros anteriores de 2-7-2019 y 9-7-2019). Es decir, si el alquiler de casas rurales calificadas como establecimientos hoteleros debe ser considerado arrendamiento de vivienda, o no”. Todo esto, teniendo en cuenta que este tipo de alquileres, suscritos generalmente por cortos espacios de tiempo, no parecen estar destinados a atender las necesidades de vivienda de los arrendatarios. El concepto de arrendamiento que aparece en la Ley de Arrendamientos Urbanos, en su artículo 2.1, no casa con alquiler de temporadas.
La doctrina que siente el Supremo será importante para los propietarios de casas rurales en alquiler
La decisión que tome el Alto Tribunal afectará tanto a los propietarios de esto inmuebles, como a sus clientes, pero es una cuestión que deben tener en cuenta unas 17.752 casas rurales, junto a los 135.014 apartamentos turísticos, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (a octubre de 2019).
La doctrina que siente el Supremo sobre el derecho a deducir el IVA del alquiler vacacional afectará a la actividad de las casas rurales, o de los apartamentos turísticos. “Hasta entonces, interesa a los contribuyentes mantener vivo su derecho a deducir el IVA (4 años). Y ello, para no perder la oportunidad de llevar a cabo tal deducción, si finalmente el Supremo considerara que el alquiler de casas rurales es una actividad sujeta y no exenta al IVA”, concluyen desde Ático Jurídico.
En este nuevo consultorio de Confilegal os damos algunos consejos para lograr atraer tráfico y clientes a nuestra web de manera gratuita.
¿Como crear una estrategia de contenido interesante y enfocada en el cliente?
En ocasiones las webs de abogacía no son más que una enorme tarjeta de visita. No aportan información nueva o interesante para el visitante, y eso puede ser un problema si además de una tarjeta de visita queremos captar clientes con nuestra web.
Es importante pensar no sólo en qué contenido queremos incluir en nuestra web, sino también “para qué lo queremos”. A ese respecto, para trazar una estrategia de contenidos exitosa tendremos que hacernos algunas preguntas:
¿Las diferentes secciones o categorías de mi web se adaptan a lo que el cliente espera encontrar en ellas?
¿Cuál es el resultado que pretendo obtener con los diferentes contenidos?
¿Qué llamadas a la acción debo incluir en mi web para alcanzar dichos resultados?
¿Qué páginas dentro de mi web son las más indicadas para convertir clientes y cuáles son para proporcionar información?
Para que nuestra web tenga éxito tiene que ser sencilla y coherente. El contenido debe estar pensado y ordenado para que el cliente encuentre lo que busca y para que nosotros podamos cumplir nuestro objetivo (Informar de nuestros servicios, que complete un formulario de contacto, que nos facilite un mail/teléfono para una consulta jurídica…).
Parece sencillo, pero en HIT soluciones hemos ayudado a muchas organizaciones a las que este tema les ha supuesto un gran desafío. A menudo una persona, un socio del despacho o de la empresa le puede parecer que algo muy importante para ellos merece un lugar en la página de inicio o en la navegación principal. Pero, si no es algo significativo para un cliente potencial, es mejor dejarlo en otro apartado de la web, que sea más secundario. Empleando test de usabilidad, mapas de calor u otro tipo de herramientas hemos podido recopilar datos para ayudar a tomar estas decisiones con mucha mayor claridad.
Otra manera de alcanzar estos objetivos es generando “llamadas a la acción” o elementos que permitan que el cliente interactúe con nosotros. Algunas de estas llamadas a la acción son los formularios y las páginas de aterrizaje o ‘landing page’.
¿Cómo crear llamadas a la acción para mi web: formularios, landing page, etc.?
Una llamada a la acción puede ser cualquier botón, enlace o formulario que pida al usuario que haga alguna cosa. A fin de cuentas, ¿Cómo podemos esperar que alguien realice una acción (como darnos su correo electrónico) si no se lo pedimos primero?
Podemos generar más clientes potenciales haciendo este tipo de peticiones de múltiples formas en la web. Por supuesto, siempre sin abusar y teniendo en cuenta que esos formularios, solicitudes, etc. estén enfocadas a cumplir nuestros objetivos.
Algunos consejos sobre el uso de formularios y otro tipo de llamadas a la acción:
Debemos asegurarnos de que estas llamadas a la acción se destaquen en la página para que los ojos de los visitantes vayan allí de forma natural.
Hay que ser muy claro acerca de lo que se está pidiendo o de lo que el usuario obtendrá a cambio cuando complete la acción. Por ejemplo, dando su mail para que le enviemos un documento pdf con un manual gratuito, o que se suscriba a nuestra newsletter para recibir novedades legales dentro del sector, etc.
Y, nuevamente, sea estratégico sobre lo que le pide a la gente que haga en qué página. No tendrá mucha suerte, por ejemplo, si pide a los visitantes sus datos para mandarles un boletín con noticias de materia fiscal para grandes empresas si justo arriba estaba dando consejos sobre materia fiscal para PYMES.
Es importante que el contenido que aporte genere valor. Aquí van algunos ejemplos de cosas que podría ofrecer:
Estudios de caso o jurisprudenciales.
Recopilación de información acerca de cualquier rama del derecho.
Seminarios web.
Tutoriales.
Consultas gratuitas.
Guías o libros electrónicos.
Podcasts.
Para poder incorporar este tipo de elementos en la web podemos utilizar distintas herramientas, desde formularios de Google hasta potentes herramientas de e-mail marketing como Mailerlite o GetResponse.
En HIT Soluciones somos expertos en el uso e integración de estas herramientas en distintos tipos de webs. Ya sea para un bufete individual o para un despacho que lleve servicios muy diferentes, podemos ayudarle a integrar este y otro tipos de contenidos en su web para permitirle llegar mejor a los potenciales clientes.
¿Cómo analizar los resultados de la web de mi despacho y por qué es importante para la toma de decisiones?
Lo más importante para cualquier profesional del derecho es, sin duda, dominar el derecho. Para otras materias y cuestiones siempre podremos contar con la colaboración de profesionales en estos ámbitos.
Sin embargo, para cualquier toma de decisiones que hagamos tendremos que contar con datos. Y éstos los obtenemos monitorizando la actividad de nuestra web.
En cuanto a la web se refiere, debemos huir de las decisiones que se tomen al arbitrio de nuestra propia opinión o percepción. La práctica jurídica es técnica y compleja, y no siempre lo que a nuestros ojos es sencillo o accesible lo es para el cliente. Para saber acertar, el uso de herramientas como Google Analytics o Search Console nos pueden ayudar a tomar decisiones basadas en datos, minimizando el riesgo de cometer errores.
En Hit Soluciones le ayudamos a integrar todas estas herramientas en su site para que pueda tomar las mejores decisiones. O si lo prefiere, podemos asesorarte a través de nuestro servicio de consultoría para hacer todo este proceso más sencillo.
Estos son algunos consejos que nos pueden ayudar a seguir creciendo en Internet con nuestra firma legal para captar nuevos clientes. Sigue las últimas novedades en Confilegal para estar al tanto de próximos consultorios.
Socios de Eslovenia, Bélgica, Países Bajos, Alemania y España comparten experiencias en una apuesta por la simplificación del procedimiento de renovación energética
elperiodic.com
La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, a través del Instituto Valenciano de la Edificación (IVE), ha participado en el encuentro que da inicio al proyecto europeo de innovación H2020 Save the Homes de manera telemática debido a la situación provocada por la COVID-19.
Durante dos días, los once socios procedentes de Eslovenia, Bélgica, Países Bajos, Alemania y España han compartido sus expectativas y experiencias en una clara apuesta por la simplificación del procedimiento de renovación energética de la vivienda y el acercamiento a la ciudadanía.
El proyecto tiene como uno de sus principales objetivos generar una Red Regional de Oficinas de Servicios Integrados de Rehabilitación de Vivienda, bajo el mecanismo de la Ventanilla Única (One-Stop Shop), para asesorar a los ciudadanos en todo el proceso de rehabilitación energética de un modo transparente y confiable incluyendo el asesoramiento inicial, apoyo en la búsqueda y contratación de soluciones técnicas y servicios profesionales, y posible financiación.
De igual manera, las oficinas tienen por objetivo a la ciudadanía en la fase de construcción y puesta en uso de los edificios rehabilitados, a través de procedimientos de calidad y monitorización de los beneficios de la rehabilitación, de modo que la visualización de estas buenas prácticas pueda servir de palanca a otras comunidades de vecinas y vecinos.
Save the Homes pretende asesorar en el proceso de rehabilitación a al menos 1.250 viviendas y será una de las líneas prioritarias de acción de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, a través de la Red Xaloc.
El vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, Rubén Martínez Dalmau, ha manifestado que «desde la Generalitat estamos impulsando un nuevo modelo de gobernanza para gestionar la política de vivienda, inspirada en casos de éxito europeos.
El proyecto Save the Homes y su reflejo en la Red Xaloc, proporcionará un servicio de proximidad. En definitiva, un canal estable y fiable de encuentro entre el tejido social y material de la Comunitat y los agentes involucrados en materia de vivienda».
Proyecto piloto en València
El primer proyecto piloto se desarrolla a través del IVE, junto con el Ayuntamiento de València y el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de la Comunitat .
La experiencia se lleva a cabo en la Oficina de la Energía de València. Además, cuenta con la adhesión de los municipios de Alcoi, Elche, Onda y Gandía cuyas oficinas de vivienda pretenden replicar el concepto Save the Homes. Durante los tres años de duración del proyecto, los tres socios valencianos trabajarán en la extensión de esta red.
El IVE estará a cargo de proveer a las oficinas del asesoramiento técnico necesario, así como de formar al personal que esté a cargo del servicio.
Durante el encuentro, el IVE ha presentado experiencias previas en las diferentes fases del proceso de rehabilitación energética en el ámbito residencial, en temas de detección de necesidades, diseño de soluciones, formación y herramientas disponibles y monitorización y evaluación de resultados, tanto a nivel de ahorro energético como de incremento de confort interior.
La coordinadora del área de I+D+i del IVE, Miriam Navarro, ha resaltado la importancia de proyectos de innovación como éste, enfocados en abordar las barreras a la rehabilitación energética desde un punto de vista social.
Por su parte, el director general de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, Alberto Rubio, ha destacado que aumentar la confianza de los usuarios en el proceso de renovación de sus viviendas «es capital para incrementar las tasas de rehabilitación energética necesarias en nuestra comunidad, lo que nos ayudará a cumplir con los objetivos de sostenibilidad y a mejorar la calidad de vida de nuestros habitantes. Acercar posiciones entre oferta y demanda, canalizando las soluciones a través de un proceso unificado y alineado con los intereses de la ciudadanía, es el camino correcto».
Durante los dos días del encuentro se han desarrollado diferentes debates en torno a la caracterización de las personas que podrían comenzar un proceso de rehabilitación de viviendas o edificios y sus necesidades, la caracterización del parque residencial y los mecanismos de financiación y soluciones técnicas más efectivas, así como los mecanismos puestos en práctica para el asesoramiento y acompañamiento a la ciudadanía.
“El mayor error de la Administración Pública es no haber sido ejemplarizante”
Bruno Sauer, director General de GBCe
idealista.com
Juanjo Bueno
Green Building Council (GBCe), asociación referente para la edificación sostenible en España, acaba de publicar el informe Agenda de la UE para la edificación sostenible, donde además de hacer un recorrido por la normativa europea y cómo ha afectado a nuestro país, indica la necesidad de actuar cuanto antes si se quiere conseguir una economía neutra en carbono en 2050. El director general de GBCe, Bruno Sauer, nos aporta, desde su amplio conocimiento internacional, la evolución natural que tendrá que experimentar el sector de la rehabilitación en España para ser la locomotora de la edificación en los próximos años. Sauer es, además, miembro de la Junta Directiva de World Green Building Council, fundador del Think Thank europeo G17 y el movimiento internacional Building Sense Now.
En vuestro informe afirmáis que el sector de la edificación debe orientarse con urgencia hacia otro modelo muy distinto del llevado a la práctica en el periodo 1990-2010, ¿cuáles son las principales acciones que debe asumir España para no descolgarse de Europa?
Para nuestro sector, Europa ha ido definiendo un marco normativo de desarrollo sostenible, que va acompañado de los seis macrobjetivos de Level(s) –proyecto europeo que proporciona un lenguaje común en materia de sostenibilidad para el sector de la edificación-. Se trata de encontrar el equilibrio, pero con gran ambición, entre la descarbonización en todo el ciclo de vida, la gestión del agua, la salud y el confort, la viabilidad económica, la adaptación al cambio climático y la economía circular.
Alcanzar estos macrobjetivos supone el gran salto del relato de la eficiencia energética hacia la sostenibilidad con su inherente complejidad.
España simplemente tiene que ponerse las pilas para implementar esos macrobjetivos, priorizando, pero no dejando atrás ninguno, pues los seis son fundamentales.
Como dice Europa ha ido marcando el ritmo regulatorio en nuestro país en lo referente a la lucha contra el cambio climático, siendo muy importante el peso de la construcción y rehabilitación. ¿Qué ha fallado en las transposiciones directivas europeas para que España no haya cumplido todavía los deberes en materia de sostenibilidad y eficiencia?
Durante años, las directivas se han transpuesto sin una ambición real por cambiar la manera de construir y reducir su impacto. Sin embargo, creo que esta no es la principal razón por la que no estamos alcanzando la velocidad de crucero necesaria para resolver el impacto de nuestro sector sobre el cambio climático. La palanca reglamentaria es una palanca más.
Pero, en primer lugar, hace falta una visión individual de cada agente en nuestro sector para actuar de una manera diferente, de implementar ese modelo nuevo sin necesidad de tener el peso de un reglamento o normativa encima de su actividad profesional antes de actuar. Estoy totalmente de acuerdo con Paula Caballero –activista colombiana considerada como la inventora de los Objetivos de Desarrollo Sostenible- cuando decía que falta un ODS más, un número 18: la capacidad de cambiar de actitud. Sin eso, no vamos a cumplir nunca los plazos en esa transición de un modelo de desarrollo del siglo XX a un modelo del siglo XXI.
El 75% de los edificios europeos son ineficientes desde el punto de vista energético, ¿en el caso del inmobiliario español hasta qué porcentaje escala esta deficiencia? ¿Qué particularidades tiene nuestro parque edificatorio con respecto al europeo?
El 51% de los edificios del parque en España fueron construidos antes de cualquier normativa que regulara su consumo energético, 92% antes del Código Técnico de la Edificación en 2006, que introdujo valores algo más estrictos en esta materia, por lo que creo que es un error pensar que España es tan diferente al resto de Europa.
En todas las ciudades europeas se encuentra un alto porcentaje de edificios residenciales construidos con deficiencias energéticas. Quizás la mayor diferencia consiste en que en España hemos seguido construyendo de esta manera bien entrado en el siglo XXI, mientras que en Europa ya estaban rehabilitando y renovando sus ciudades. Hay un desfase de 15-20 años y por eso, cuando ahora comparamos cifras entre España y Europa, parece que no somos el alumno malo de la clase. Simplemente es un tema de “ponernos las pilas”, de no volver a inventar la rueda y tratar de aprender de los demás, adaptando soluciones a nuestra realidad climática y cultural.
2020 marca el camino para que los edificios de nueva construcción y los ampliamente rehabilitados sean de consumo energético casi nulo, una exigencia europea que, desde 2018, ya deberían cumplir los edificios públicos. ¿Han sido las Administraciones ejemplarizantes con esta normativa?
Clarísimamente no. El mayor error de la Administración Pública en el debate de la descarbonización es no haber sido ejemplarizante. Y con esto vuelvo al mismo tema: el tan necesario “ODS 18”.
El certificado de eficiencia energética es todavía desconocido por un importante sector de la población, ¿por qué no se ha divulgado mejor este documento?
El certificado energético se percibe demasiado a menudo como un trámite más que no aporta ni valor ni información útil al comprador de una vivienda. Es importante cambiar esa percepción, sobre todo ahora que el cambio climático empieza a ser un problema prioritario en la percepción de los ciudadanos.
Este certificado es sin duda uno de los instrumentos más importantes para cambiar tendencias en el mercado. De hecho, con el tiempo debería incorporar otros parámetros de información que ayuden a los ciudadanos a entender mejor el funcionamiento y el mantenimiento de su vivienda.
De nuevo todos los agentes de la cadena tienen que aportar su trabajo, desde los técnicos que las emiten con rigor, hasta las inmobiliarias que las hacen llegar a tiempo a los ciudadanos para poder hacer una compra consciente y responsable. En las llamadas “hipotecas verdes”, por ejemplo, el certificado energético ya es un documento que se tiene en cuenta a la hora de ofrecer condiciones ventajosas en aquellas viviendas más eficientes.
El Pacto Verde Europeo establece una hoja de ruta con 47 acciones, donde la más directa y orientada al sector de la edificación tiene como objetivo lograr mejoras en la eficiencia energética de los edificios. ¿En qué consiste concretamente esta “Renovation Wave” –ola de rehabilitación- y cómo se debería aplicar en el caso español?
La “ola de rehabilitación” debería ser un tsunami que arrase todas las ciudades rehabilitando lo que encuentra en su camino. Y no solo energéticamente. Después de la crisis de la COVID-19, es urgente incluir en el relato de la rehabilitación aspectos de salud y flexibilidad en el hábitat.
No vamos a rehabilitar tres veces nuestras viviendas de una manera profunda. La “Renovation Wave” probablemente será un trabajo de largo recorrido, pero con un empuje inicial durante 5-7 años con mucha financiación pública. Espero que la sociedad sea capaz de entender que las oportunidades no se repiten y que se aproveche ese momento para dar el paso definitivo.
Como organización con vocación internacional, ¿cuál es la visión crítica que tienen vuestros colegas de la situación edificatoria española?
Desde fuera, entre nuestros colegas de otros GBC, nos miran con envidia por la capacidad de trabajo, de empujar sin desanimarnos, pero no entienden por qué las cosas van tan lentas: la burocracia y el hecho de que todos esperen a la obligatoriedad de una norma antes de saltar a la acción para emprender un cambio que es positivo para el crecimiento del sector. Creo que el problema en nuestro país es que perdemos demasiado tiempo en los procesos y confiamos en muchos protocolos y normativas, que al final ni siquiera cumplimos.
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