El Supremo impide demoler el cerramiento de una plaza de garaje con los vecinos en contra

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El Tribunal Supremo en una sentencia reciente ha declarado que la comunidad de vecinos no puede obligar a demoler el cerramiento de un garaje si los estatutos de la comunidad permitían expresamente dicho cerramiento. Así, si está contemplado en los estatutos, el propietario puede llevar a cabo la obra sin la necesaria autorización de sus vecinos.

En el caso resuelto por el Supremo, un vecino cerró su plaza de garaje sin el consentimiento de los vecinos, ya que los estatutos de la comunidad lo permitían. Posteriormente, la comunidad de propietarios acordó por unanimidad exigir a dicho propietario que retirara el cerramiento. Lo cierto es que en caso de que los estatutos no permitan dicho cerramiento,  es necesario obtener la autorización unánime de los vecinos, según el criterio jurisprudencial mayoritario, tal y como recuerda Salvador Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico.

La consecuencia de no solicitar autorización a los vecinos es que alguno puede ejercitar acciones legales para devolver el garaje a su estado original. Porque, aunque el cerramiento se haga sobre un elemento privativo como es una plaza de garaje, puede incidir en las zonas comunes del edificio.

Por tanto, quien quiera cerrar la plaza de garaje debe antes consultar los estatutos de la comunidad de propietarios. “Si en los mismos se contempla la posibilidad de llevar a cabo el cerramiento, no será necesaria la autorización de los vecinos. Si los estatutos prohíben el cerramiento, solo podrá realizarse modificándolos, por decisión unánime de todos los vecinos”, señala Salvador Salcedo.

No obstante, el abogado indica que lo habitual es que los estatutos no hagan mención alguna al respecto, por lo que será necesario obtener la autorización unánime de los vecinos. Pero en el caso resuelto, el vecino sí que contaba con el visto bueno en los estatutos, por lo que la retirada del cerramiento de su garaje por parte de los vecinos no tenía base legal.

El Supremo considera que no puede obligarse a demoler el cerramiento al propietario demandado, aunque no impugnara el acuerdo comunitario que le exigía por unanimidad su retirada. El Alto Tribunal se basa en la doctrina de los actos propios (generar en una persona la confianza en una determinada situación aparente, induciéndole a obrar en tal sentido, con lo que luego no se puede pretender que aquella situación sea ficticia) y el principio de buena fe.  

La oferta de habitaciones en pisos compartidos crece un 32,3% en el último año

31 años, no fuma y sin mascota: el perfil de la persona que comparte piso en España

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La oferta de habitaciones en las capitales españolas se ha disparado un 32,3% en el último año según un estudio publicado por idealista. Este aumento de la oferta ha provocado que en la ciudad de Palma el alquiler de habitaciones se haya reducido un 7%, mientras que en Barcelona el decremento ha sido del 6%. Los precios también se han reducido en Madrid (-3,7%), Málaga y San Sebastián (-2,6% en ambos casos), Bilbao y Las Palmas de Gran Canaria (-0,6% en ambas ciudades) y Pamplona (-0,1%).  

El mayor incremento de precio se ha registrado en Segovia (15%), seguido por Lleida (13,3%), Huelva (12,7%), A Coruña (11,3%) y Ávila (11,1%). Les siguen las subidas de Palencia (10,6%), Girona (9,7%), Cáceres (9%) y Cádiz (8%).

A pesar de la caída, Barcelona es la ciudad con las habitaciones más caras del país, ya que se solicitan 415 euros por alquilarlas. Le siguen San Sebastián (414 euros mensuales), Madrid (400 euros) y Palma (388 euros). Ciudad Real es, en cambio, la ciudad más económica de entre las analizadas por idealista (167 euros mensuales), seguida por Badajoz (171 euros), Cáceres (179 euros) y Jaén (199 euros).

El perfil de quien comparte piso

Las personas que comparten piso en España tienen un perfil similar al que tenían el año pasado, aunque la edad media ha vuelto a subir hasta los 31 años: viven en el centro de las grandes ciudades, no fuman ni permiten que se fume en la vivienda y no tienen ni admiten mascota.

En la mayoría de los pisos compartidos conviven hombres y mujeres (70%), mientras que el 25% sólo tiene habitantes femeninas y el 5% solo compañeros masculinos.

La edad media de los habitantes de un piso compartido varía en función de la zona geográfica. Palma y Huelva comparten a los habitantes de más edad, con una media de 34 años. Les siguen Almería, Alicante, Guadalajara, San Cruz de Tenerife y Bilbao con 33 años. Con una media de edad de 32 años se encuentran las ciudades de Las Palmas de Gran Canaria, Pamplona, Vitoria, Girona, San Sebastián y Barcelona.

Por el contrario, en otros mercados con mercados de alquiler más relajados, la edad media de quienes alquilan habitaciones es más baja. Ciudad Real, Córdoba y Salamanca tienen la edad más baja (27), seguidas por Granada, Segovia, Valencia y Cáceres (28 años en los cuatro casos). En Madrid la edad se sitúa en línea con la media nacional (31 años).

Zonas calientes para la oferta

Más de la mitad de toda la oferta de pisos compartidos se reparte entre las ciudades de Madrid y Barcelona, ya que acumulan el 34% y el 26% de todas las habitaciones que se anuncian en España. Les siguen Valencia, con el 8% de los anuncios, Sevilla (4%) y Málaga (3%).

Metodología: Para la realización de este informe sólo se han tenido en cuenta aquellas ciudades en las que idealista ha tenido una base estable de anuncios durante el periodo de análisis.

CapitalMedia de edadprecio ago 19Precio ago 20Diferencia precio
A Coruña3120222511.3%
Albacete311942076.9%
Alicante / Alacant332712730.5%
Almería332412462.1%
Ávila3119521711.1%
Badajoz291691711.3%
Barcelona32442415-6.0%
Bilbao33368366-0.6%
Burgos302222261.8%
Cáceres281641799.0%
Cádiz312772998.0%
Castellón de la Plana302192200.4%
Ciudad Real271561676.9%
Córdoba272272416.2%
Cuencan.d.n.d.n.d.n.d.
Donostia-San Sebastián32425414-2.6%
Girona323043349.7%
Granada282312455.8%
Guadalajara33n.d.282282
Huelva3420623212.7%
Huescan.d.n.d.n.d.n.d.
Jaén291851997.4%
Las Palmas de Gran Canaria32310308-0.6%
León302082195.5%
Lleida3022625613.3%
Logroño302532581.8%
Lugon.d.n.d.n.d.n.d.
Madrid31415400-3.7%
Málaga31322314-2.6%
Murcia292372380.5%
Ourensen.d.n.d.n.d.n.d.
Oviedo312352485.5%
Palencia3118720610.6%
Palma de Mallorca34417388-7.0%
Pamplona/Iruña32323323-0.1%
Pontevedran.d.n.d.n.d.n.d.
Salamanca272352464.6%
Santa Cruz de Tenerife332853005.2%
Santander30269281281
Segovia2821725015.0%
Sevilla292922930.5%
Sorian.d.n.d.n.d.n.d.
Tarragona302752832.9%
Terueln.d.n.d.n.d.n.d.
Toledo312322393.2%
València282942960.8%
Valladolid302272405.8%
Vitoria-Gasteiz323103317.0%
Zamoran.d.n.d.n.d.n.d.
Zaragoza302712803.3%

Las familias españolas, cada vez menos endeudadas: así ha cambiado el peso de la vivienda en la renta

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Ana P. Alarcos

Las familias han aprovechado los años de bonanza económica para quitarse deudas de encima y afrontan la crisis del coronavirus con la menor cifra de apalancamiento y la mayor riqueza financiera de los últimos 15 años.

Según los datos del Banco de Españael endeudamiento actual de los hogares representa el 91% de su renta bruta disponible, incluyendo los préstamos a la vivienda, los préstamos al consumo y créditos para otros fines. En el caso de la vivienda y el consumo, el pasivo ronda el 88,5% de la renta a cierre de marzo, una cifra que se aleja del 130% que llegó a suponer en verano de 2008, en pleno estallido de la crisis económica y financiera.

El descenso más pronunciado en estos años se ha producido en el terreno de la vivienda, cuyo peso sobre la renta se ha reducido prácticamente en una tercera parte. Si a finales de 2012, el año en el que España estuvo al borde del rescate internacional, los préstamos a la vivienda suponían el 92%, a cierre del primer trimestre su peso ronda el 63%. Es el nivel más bajo de los últimos 15 años, aunque todavía supera con creces a los registrados a principios del siglo XX, cuando se situaba en torno al 40%.

Si miramos el volumen de pasivo ligado a la vivienda, también descubrimos que está en su nivel más bajo desde 2005. A cierre del primer trimestre, según los datos del supervisor financiero, el saldo vivo de préstamos a la vivienda se situó en 491.160 millones de euros. Y, a pesar de que se acerca al medio billón de euros, marca distancias con los 632.449 millones que marcaba a finales de 2010. Dicho de otro modo, en apenas una década las familias han amortizado casi 141.300 millones de deuda ligada a la vivienda, lo que se traduce en un descenso del 22%.Saldo vivo de préstamos ligados a la viviendaMillones de euros

Según explica Juan Villén, responsable de idealista/hipotecas, “el desapalancamiento de las familias continúa y el nivel de renta disponible de las familias marca nuevos récords, fruto sin duda de la recuperación económica previa a la pandemia y el entorno de bajos tipos de interés”. Sin embargo, también apunta a que “habrá que ver el impacto que el virus tiene en los próximos trimestres, ya que seguramente ralentice esta tendencia por la pérdida de ingresos de las familias y las numerosas moratorias hipotecarias». 

En el caso de los préstamos al consumo, el descenso también ha sido notable. Actualmente este pasivo supone el 25,5% de la renta bruta disponible de las familias, frente al 38,3% que llegó a tocar en junio de 2008. Para encontrar un dato similar al actual tendríamos que remontarnos a verano de 2002, según el Banco de España.

En términos de volumen, sin embargo, el apalancamiento de este tipo de créditos ronda los 199.200 millones de euros, en línea con el nivel de los últimos dos años. No obstante, a cierre de junio de 2008 la deuda de préstamos al consumo y otros fines llegó a situarse cerca de los 260.000 millones de euros.

Suben el patrimonio financiero y la tasa de ahorro

Este desendeudamiento de las familias coincide además con una mejora de su patrimonio financiero bruto, que en los últimos tiempos se ha visto impulsado tanto por la inversión en activos financieros como, en mayor medida, por la revalorización de su cartera.

Según el supervisor capitaneado por Pablo Hernández de Cos, durante 2019, la mayor parte de la inversión financiera de los hogares se materializó en depósitos bancarios, seguidos de instrumentos de inversión colectiva (fondos de inversión, planes de pensiones y seguros). Y estos últimos, aupados por la revalorización de las bolsas mundiales y unos bajos niveles de volatilidad, fueron los que compensaron las escasas rentabilidades de los depósitos, que en los últimos años se han visto mermados sus rendimientos por los tipos de interés ultrabajos que mantiene el Banco Central Europeo (BCE) desde 2016.

Con este escenario sobre la mesa, el Banco de España sostiene que las decisiones financieras de los hogares en 2019 se produjeron en un contexto en el que aumentó su tasa de ahorro bruto en 1,4 puntos, hasta alcanzar el 7,4% de la renta bruta disponible, el nivel más alto desde 2013. Y este ahorro, sumado al despalancamiento y a la mejora del patrimonio, es lo que ha permitido que la riqueza financiera neta de las familias haya alcanzado su nivel más alto en 15 años.

Con todo, desde la Asociación Española de Banca (AEB) concluyen que «la fuerte reducción de la deuda por las familias españolas hasta niveles relativos a su renta disponible en niveles similares a nivel europeo, aumenta su resistencia en una situación de debilidad económica como la actual. Las entidades financieras están preparadas y plenamente dispuestas a apoyarlas y a proporcionar la financiación que precisen una vez que la mejora en las perspectivas económicas impulsen el gasto y la inversión». 

«De nada sirve poner autoconsumo si la energía se escapa por puertas o ventanas»

Javier García Breva, ex director del IDAE
Javier García Breva exdirector del IDAE es uno de los principales referentes de la política energética de nuestro país

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Juanjo Bueno

Javier García Breva es uno de los principales referentes de la política energética de nuestro país, experto en modelos energéticos y amplio conocedor de las últimas normativas que sobre eficiencia se están elaborando en los distintos ministerios.

Ex director del IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía), ha formado también parte de la Junta Directiva de APPA, la asociación nacional del sector renovable, y presidido la Fundación Renovable desde su creación hasta 2014. Actualmente, lidera La Oficina de JGB, un proyecto desde el que asesora a empresas, corporaciones y ayuntamientos para el desarrollo de la transición energética.

La reciente aprobación en el Consejo de Ministros del Real Decreto que aprueba el Programa de Rehabilitación Energética de Edificios (PREE), que destinará 300 millones en ayudas directas, nos sirve de excusa para profundizar con García Breva en este y otros asuntos de calado energético.

En cumplimiento con la exigencia europea, el Ministerio ha presentado la tercera actualización de la Estrategia de Rehabilitación a largo plazo (ERESEE 2020), que sucede a las ya publicadas en 2014 y 2017, ¿qué valoración global tiene de este nuevo documento?

En primer lugar, hay que tener en cuenta que la ERESEE no tiene rango normativo alguno, ni aparecerá en el BOE, por lo que su importancia es relativa. La ERESEE de 2014 se hizo sin tener en cuenta la Directiva 2010/31/UE de edificios y rechazaba expresamente las renovables, el CO2 y las aplicaciones inteligentes en la rehabilitación. La ERESEE de 2017 era un conjunto de reflexiones que se han trasladado ahora a la Estrategia de 2020, que tampoco plantea la trasposición completa de la nueva Directiva europea 2018/844 de edificios. Tampoco incluye las Recomendaciones (UE) 2016/1318 sobre el edificio de consumo de energía casi nulo ni (UE) 2019/786 sobre rehabilitación.

La consecuencia es que el concepto del edificio de consumo de energía casi nulo (EECN) de la directiva de 2010, sigue siendo un perfecto desconocido en España, a pesar de que será obligatorio a partir del 31 de diciembre de 2020, tanto en la obra nueva como en la rehabilitación importante. Lo mismo ocurre con las renovables en la calefacción, el autoconsumo, las aplicaciones inteligentes o los puntos de recarga del vehículo eléctrico.

Aunque hace menos de un año el Código Técnico de la Edificación sufrió una profunda revisión, la Estrategia de Rehabilitación propone completar la integración de la rehabilitación en esta normativa, ¿por qué no se ha previsto e incluido en el CTE siendo tan reciente su modificación? En tal caso, como experto, ¿qué puntos propondría incluir en el CTE para impulsar la rehabilitación energética en los próximos años?

Es una costumbre que el CTE lleve diez años de retraso sobre las directivas europeas de eficiencia energética de edificios. La actualización de diciembre de 2019 se basó en la directiva de 2010 y dejaba claro en la primera página del decreto que no era intención transponer la directiva de 2018, cuyo plazo terminó el pasado 10 de marzo.

Ahora, en la ERESEE 2020 se plantea una nueva revisión para incorporar las nuevas directivas europeas, pero sin establecer un plazo. Es la misma imprecisión que se da en las repetidas alusiones a la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal para fomentar la rehabilitación en las comunidades de propietarios. Son temas reiterativos que nunca se llevan a la práctica.

La actualización del CTE que se hizo en 2019 debería de haber incluido todas las novedades de la directiva de 2018, es decir, la ampliación de los conceptos de las “instalaciones técnicas del edificio” y del “edificio de consumo de energía casi nulo”, que ahora incluyen las renovables, el autoconsumo, almacenamiento, las aplicaciones inteligentes y su interoperabilidad, sistemas de autorregulación y monitorización, infraestructuras de recarga para el vehículo eléctrico, bombas de calor, microrredes y una metodología de cálculo de la eficiencia energética de los edificios que tenga en cuenta todos estos nuevos elementos.

Se observa en la ERESEE y en el CTE una gran resistencia a incorporar las renovables, el autoconsumo, la conectividad y el vehículo eléctrico como parte de la gestión energética de los edificios. Esperemos que, cuando esto ocurra, no se hayan perdido otros diez años de oportunidades.

Los fondos europeos serán la palanca que permitan reactivar el sector de la rehabilitación, ¿hacia dónde cree y hacia dónde sería deseable que se destinaran estas inversiones?

Dar un valor económico a la eficiencia energética del edificio es fundamental para poder financiar con los ahorros energéticos obtenidos las actuaciones de rehabilitación. Es la clave para la financiación que plantean las recomendaciones de la Comisión Europea.

Las nuevas directivas han establecido un nuevo objetivo para la rehabilitación del parque inmobiliario, como es su descarbonización a través de la eficiencia energética, el uso de energías renovables y la gestión de la demanda.

Según el Reglamento (UE) 2018/1999, sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y la Acción por el Clima, el objetivo de la ERESEE ha de ser la descarbonización del parque inmobiliario, a más tardar en 2050, a través de su transformación, económicamente viable, en edificios de consumo de energía casi nulo. La ERESEE 2020 es sumamente complaciente, ya que solo plantea las medidas más importantes a partir de 2040 y 2050 y la desaparición de las energías fósiles solo será tendencia hacia 2050. Por el contrario, el objetivo más importante no debería ser cuántas viviendas se van a rehabilitar sino cuántos edificios vamos a transformar en edificios de consumo de energía casi nulo. Para ello, lo primero es transponer las directivas y recomendaciones europeas y trasladarlos a los códigos de construcción y licencias. En segundo lugar, habría que revisar los menús de intervención y orientarlos hacia mayores objetivos de ahorro de energía y de sustitución de combustibles fósiles, gas, carbón y petróleo. La primera prioridad del fondo europeo de recuperación es la rehabilitación energética y se vincula a las inversiones verdes, por lo que su distribución se va a condicionar a lograr la más alta eficiencia y la reducción de emisiones como objetivos paralelos.

De todas las actuaciones rehabilitadoras que se deberían realizar en un edificio residencial para impulsar la eficiencia y el ahorro energético, cuáles serían, por orden de prioridad, las más necesarias: aislamiento de los revestimientos en cubiertas y fachadas, instalación de energías renovables o renovación de las instalaciones energéticas existentes.

La propia definición del edificio de consumo de energía casi nulo determina las prioridades. Es el edificio que una vez que ha alcanzado la más alta eficiencia energética, la poca energía que necesita la genera en el propio edificio, o en el entorno, con renovables. Es decir, lo primero es la eficiencia energética, actuar sobre la envolvente para reducir la demanda energética, después actuar sobre la eficiencia de las instalaciones y en último lugar las renovables. De nada sirve poner autoconsumo si la energía se escapa por puertas o ventanas.

La Comisión Europea distingue entre rehabilitaciones ligeras, intermedias o importantes, según el ahorro energético sea del 30%, entre el 30% y 60% o superior al 60%; pero insiste en que una rehabilitación ligera no puede impedir o incrementar el coste de una más importante, por lo que apunta a rehabilitaciones por fases y hojas de ruta individualizadas por edificio, dado que se trata de enfoques rentables de rehabilitación.

En los últimos meses se ha agolpado en la mesa de los ministerios para la Transición Ecológica y de Transportes normativas y documentos en proceso o pendiente de aprobación que afectan en mayor o menor medida a la edificación, como la modificación del CTE, el Plan Integrado de Energía y Clima, un nuevo Plan de Rehabilitación… ¿no hay un tanto de confusión entre distintas medidas, muchas de ellas complementarias?

Confusión no, lo que hay es una descompensación entre el ritmo frenético que ha impuesto el MITECO a las reformas energéticas y que responde al inmovilismo regulatorio de los últimos años y al interés por incorporar las directivas en vigor del “paquete de invierno” a la regulación energética y el retraso o ritmo mucho más lento del MITMA en la trasposición de las directivas de edificios de 2010 y 2018 y su incorporación al CTE.

Este desequilibrio no favorece el desarrollo del mercado de rehabilitación y afecta igualmente a las dificultades de financiación y de atractivo para propietarios y usuarios. La rehabilitación energética es interdisciplinar y necesita políticas coherentes e integradas en energía, urbanismo e industria.

La rehabilitación afecta a los tres sectores más importantes del PIB nacional y no puede ser que las tres políticas no aborden la relación que hay entre la rehabilitación energética, la política energética y la política industrial. Un ejemplo claro es la simbiosis entre el edificio de consumo de energía casi nulo y el desarrollo del vehículo eléctrico. Que en la directiva de edificios de 2018 se establezcan los criterios de recarga en donde la gente vive o trabaja y se establezca el modelo de carga inteligente en casa no es una casualidad. Como tampoco lo es que el CTE lo haya ignorado o no se tenga en cuenta en los menús de rehabilitación. Convertir la batería del vehículo eléctrico en una instalación más para la gestión energética del edificio es otra de las claves de la Directiva (UE) 2018/844 y representa la mayor innovación tecnológica, industrial y ecológica.

Acaba de salir a consulta pública la Estrategia Nacional de Autoconsumo, ¿en la situación actual, son viables las comunidades energéticas para autoconsumidores, pymes y comunidades de propietarios? ¿Cuál cree que será el modelo energético futuro de España?

Primero habrá que incorporar las renovables, el autoconsumo, las comunidades de renovables, el almacenamiento, los agregadores independientes de demanda, la recarga del vehículo eléctrico y los contadores inteligentes en los códigos de construcción, en las estrategias de rehabilitación y en los planes de ordenación municipal.

El grado de competitividad alcanzado por las sinergias de estas tecnologías las convierte en los modelos de negocio más importantes del futuro más inmediato en todo el mundo. Los cambios más importantes que se están produciendo tienen que ver con el desarrollo de la capacidad de energía flexible, que es la que puede ajustar la oferta y demanda en tiempo real en cada centro de consumo.

EEUU dispondrá en 2025 de casi 400 GW de capacidad flexible solamente por la combinación del autoconsumo en los tejados de los hogares y el vehículo eléctrico; y será gestionada por los propios consumidores. ¿Qué objetivo se ha planteado España de capacidad flexible? El fallo de mercado que puede derivarse de las reformas actuales es el excesivo empeño por desarrollar grandes instalaciones renovables a gran escala y el escaso empeño en desarrollar la generación distribuida y la gestión de la demanda. En otras palabras, el futuro modelo energético solo será sostenible si se propone transformar el consumidor pasivo en consumidor activo.

Volviendo a la Estrategia de Rehabilitación (ERRESE 2020) no hay cambios sustanciales en la penetración de la geotermia en el sector residencial entre 2020 y 2030, toda vez que hay menos de 25.000 actuaciones realizadas hasta la fecha, ¿por qué no se apuesta con firmeza por esta y otras energías renovables?

La ERESEE 2020 no aborda un desarrollo significativo de las renovables. La previsión en residencial para el periodo 2020-2050 es que el consumo de renovables aumentaría del 18,1% al 18,4%, desaparecerían los combustibles fósiles y el 81,6% sería electricidad. En terciario las renovables crecerían del 2,1% al 8,5%, desparecerían las energías fósiles y la electrificación alcanzará el 91,5% en 2050. Todo se basa en la electrificación de la edificación, sin precisar el origen de la electricidad ni su precio. Por lo tanto, no solo es la geotermia sino todas las fuentes renovables las que no tienen un papel significativo en la rehabilitación energética durante los próximos treinta años.

Está claro que un elevado grado de electrificación garantiza una mayor reducción de emisiones de GEI, pero habría que explicarlo y justificar por qué la generación distribuida se descarta en los menús de rehabilitación cuando es, con la gestión de la demanda, la medida estrella de las directivas europeas del “paquete de invierno” para empoderar a los consumidores que utilizan los edificios. Una oportunidad de corregirlo sería la consulta pública sobre el anteproyecto de Ley de Arquitectura y Calidad del Entorno Construido. Buena noticia es que la calidad de la arquitectura sea un derecho. También las directivas europeas establecen derechos y cumplirlas es la mejor manera de respetarlos; y va a ser imprescindible en el mundo post covid-19.

El Estado ‘pierde’ casi 900 millones en impuestos de los bancos en el semestre del covid-19

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El Estado se está enfrenando a una situación compleja por la crisis del coronavirus. Por un lado, las medidas que ha tomado el Gobierno en los últimos meses para frenar la destrucción de empleo y garantizar la supervivencia de miles de empresas está disparando el gasto público. Y, a la vez, los ingresos de las arcas públicas están cayendo a doble dígito.

Según la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea), en el segundo trimestre del año los ingresos tributarios y de cotizaciones sociales cayeron un 30% interanual, mientras que en el balance de la primera mitad del año el descenso ronda el 11%. Y un buen ejemplo de cuánto está dejando de ingresar la Administración vía impuestos lo protagoniza la banca.

¿La prueba? Entre los 12 mayores grupos financieros de España han pagado a Hacienda 225 millones de euros entre enero y junio, frente a los 1.150 millones aportados en el mismo periodo del año pasado. Dicho de otro modo, el sector ha pagado casi 900 millones de euros en impuestos o, lo que es lo mismo, un 78% menos que en el primer semestre de 2019.

Este desplome es consecuencia de la caída del beneficio del sector (las ganancias antes de impuestos se han reducido un 68% interanual), que se ha visto obligado a realizar unas fuertes provisiones para cubrirse de insolvencias futuras. Solo entre las entidades que cotizan en el Ibex 35 suman unas dotaciones conjuntas de casi 12.000 millones de euros, según publica la agencia Europapress, que han llevado a bancos como Santander a registrar unos números rojos de más de 10.000 millones de euros, conviertiéndose en una de las mayores pérdidas corporativas de la historia de España.

Si miramos las aportaciones de las principales entidades descubrimos que Caixabank es la que menos ha pagado en impuestos, tras desembolsar un millón de euros, frente a los 104 que pagó en el primer semestre del pasado ejercicio (un 99% menos). Bankinter ha aportado 14 millones, un 83% menos que en 2019 (83 millones), mientras que Bankia ha pagado 27 millones en impuestos, frente a los 140 del año pasado (-81% interanual).

BBVA, por su parte, ha pagado 34 millones (un 88% menos respecto a los 292 millones del primer semestre del ejercicio 2019) y Santander, 99 millones (frente a los 242 millones previos, un 59% menos). Sabadell, en cambio, ha registrado una devolución neta (-59 millones en impuestos), tras activar unos créditos diferidos con la Administración.

De momento, todo apunta a que los beneficios del sector no mejorarán al menos hasta 2022, cuando está previsto que la economía vuelva a los niveles precovid-19, ya que la banca prevé seguir realizando dotaciones para cubrirse de los impagos de préstamos, que irán subiendo desde otoño hasta finales de 2021, de acuerdo con los pronósticos de las propias entidades. Por tanto, su aportación a las arcas públicas a través del Impuesto de Sociedades podría seguir por debajo de los niveles registrados hasta 2019.

Protocolos de prevención y desinfección en las comunidades de vecinos

protocolo para comunidad de vecinos

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Ya no importa la fase en la que estemos mientras la COVID-19 siga avanzando silenciosamente en todo el territorio español. Y si bien las distintas comunidades han llamado a la reflexión de los ciudadanos y los han instado a cumplir con ciertas obligaciones –como el uso de la mascarilla–, todos los sectores han tenido que readaptar nuevamente sus protocolos, como es el caso de las comunidades de vecinos.

Sin duda se trata de una situación excepcional que ha puesto en jaque al mundo entero y ha convertido los hogares en las estancias para pasar la mayor parte del tiempo. Y para pasar ese tiempo lo mejor posible, es necesario que los espacios comunes cuenten con las medidas de limpieza necesarias y los aforos limitados.

Para Mercedes Blanco, CEO fundadora de Vecinos Felices, unidad de negocio de Fincas Blanco y vicepresidenta primera de Fiabci España, “el calor durante el verano es agobiante y los vecinos quieren hacer uso de las instalaciones, por lo que ideamos protocolos que sean favorables para toda la comunidad, manteniendo las normas de seguridad impuestas por el Gobierno”.

Con respecto a la apertura de piscinas y la limitación de aforos, la responsabilidad recae sobre cada vecino de la comunidad aunque es el administrador de fincas quien tomará las decisiones. Si es la comunidad la que la incumple la normativa se podrán imponer sanciones en conjunto, de lo que responderían todos los vecinos en base a su propia cuota de participación para pagar la sanción que se imponga.

“Además existirán sanciones individuales por actos aislados que puedan llegar a tener los vecinos, referidos a incumplimientos de las normas de uso de la piscina o los espacios comunes que sean denunciados por las Fuerzas de Seguridad”, agrega Blanco.

Medidas para prevenir rebrotes del virus

Con el objetivo de evitar contagios en las comunidades, entre los vecinos y el personal que asista de mantenimiento o abastecimiento y para su autocontención, desde Vecinos Felices han impuesto una serie de recomendaciones y medidas a tener en cuenta:

  • Mantener al personal de limpieza informado para que proceda a limpiar con mayor frecuencia y con productos desinfectantes, muy especialmente pomos y picaportes, interruptores eléctricos, barandas y pasamanos, exterior de buzones, botoneras del portero electrónico y ascensor, así como mostradores.
  • Usar el ascensor solo para lo imprescindible, recomendando la escalera. Si se usa el ascensor no más de un usuario, dependiendo del tamaño del ascensor, para respetar la distancia impuesta.
  • Queda prohibido el uso de parques infantiles, bancos y aparatos deportivos y de recreo, solariums, así como los recintos o espacios cerrados destinados a reuniones en las Comunidades.
  • Recomendamos evitar la aglomeración de personas en las zonas comunes del edificio, tal como escaleras, azoteas, garajes, cualquier superficie diáfana, etc.
  • La piscina podrá utilizarse siguiendo la normativa vigente en cada comunidad, que en la mayoría de los casos incluirá limpieza diaria de las instalaciones y cita previa para asistir.

“En estos casos, contar con un administrador de fincas garantiza el buen funcionamiento de las comunidades de vecinos y ayuda a prevenir los focos de rebrote dentro de los edificios”, afirma Blanco. “En Vecinos Felices tenemos la obligación de cuidar a nuestros vecinos y hacer lo posible para que, desde la administración, todo quede comunicado para que luego cada persona aplique las recomendaciones”, agrega.

Al fin y al cabo, los principales riesgos son las interacciones interpersonales sin respetar las distancias mínimas de seguridad y no realizar una limpieza y desinfección adecuadas de las superficies de las zonas comunes. “Estamos capacitados y hemos actuado desde el comienzo siguiendo todas las normativas impuestas por el Gobierno, junto con las recomendaciones de los especialistas”, afirma Mercedes Blanco. Y agrega: “el coronavirus nos encontró preparados para lograr afrontar la crisis con éxito y los cambios constantes, sin que las comunidades y los vecinos hayan sufrido por ello.”

Así es el complicado proceso legal para poder desalojar una casa okupada

El problema de la okupación es cada vez más acuciante en España. El proceso para sacar a los okupas de una vivienda es lento y costoso.

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En los últimos cinco años la okupación ha crecido en España un 58%. Los mecanismos legales para poder desalojar a los okupas de una vivienda son cada vez más complicados, es decir, benefician a los infractores.

Los okupas entran en los pisos cuando creen que nadie les ve. Una vez dentro intentan pasar desapercibidos durante las primeras 48 horas. Es entonces es cuando la cosa se complica. «Debería ser suficiente la entrega del documento oficial de la titularidad de la vivienda para poder desalojar a un okupa», pide un experto.

Por otro lado, ante la saturación de los juzgados muchos expertos recomiendan denunciar a los okupas por la vía civil. La vía penal les da más tiempo, ya que dilata mucho los plazos. Algo que el infractor aprovecha para recurrir constantemente las decisiones judiciales.

Otro problema difícil de solucionar es el de las estrategias utilizadas por los okupas para permanecer en la vivienda: pagan el alquiler, la comunidad y algunos incluso utilizan a niños como escudo para intentar evitar el desahucio.

Ante el acuciante problema de la okupación en España los administradores de fincas ya piden sentencias que sirvan para ejemplarizar contra aquellas personas que se dedican al robo de viviendas.

Los datos de la okupación en España

En los últimos cinco años la okupación ha crecido casi un 60%. Un dato que indica que unas 33 viviendas son ocupadas cada día en nuestro país. Números que hablan de que sin duda estamos ante un problema cada vez más acuciante.

Una oficina virtual asesorará en rehabilitación energética de viviendas en Extremadura

La nueva oficina de servicios integrales para la rehabilitación energética de viviendas ofrecerá de manera gratuita asistencia técnica, financiera y jurídica a los propietarios, comunidades o administradores de fincas.

lavanguardia.com

La nueva oficina de servicios integrales para la rehabilitación energética de viviendas ofrecerá de manera gratuita asistencia técnica, financiera y jurídica a los propietarios, comunidades o administradores de fincas.

Esta nueva oficina estará a cargo de la Agencia Extremeña de la Energía y contará con la coordinación de la Dirección General de Arquitectura y Calidad de la Edificación de la Junta de Extremadura.

El objetivo de este organismo es facilitar el asesoramiento en la renovación energética integral de bloques de viviendas y unifamiliares en la región con el fin de mejorar la eficiencia y reducir las emisiones. La asistencia será gratuita para los propietarios durante la duración del proyecto, subraya la Junta en una nota de prensa.

La oficina aglutina servicios y ofrece estudios gratuitos de viabilidad técnicos y económicos, información sobre el acceso a financiación en condiciones ventajosas, asesoramiento en las ayudas disponibles o en los pasos a seguir en la rehabilitación de la vivienda.

La entidad surge de la unión de dos proyectos europeos (HousEEnvest e Innovate) que trabajan en superar las barreras y la falta de financiación en la rehabilitación de edificios y en la promoción de la renovación energética en Extremadura. METODOLOGÍA

La metodología de trabajo que propone la oficina es interdisciplinar, entre arquitecto e ingeniero, para aportar soluciones verdaderamente integrales de rehabilitación.

Este trabajo se basa en el estudio del estado inicial de los edificios, para lo que se llevará a cabo la toma de datos in situ y recopilación de toda la documentación posible (certificados de instalaciones, hojas de mantenimiento, facturas, libro del edificio, etcétera).

Posteriormente se analizarán estos datos mediante programas de simulación energética o certificación energética.

Una vez obtenidos los resultados de este análisis, se procederá a estudiar las diferentes soluciones posibles y a realizar un análisis comparativo de las mismas. Finalmente, se redactará el informe para los usuarios en el que se reflejará tanto el proceso seguido como los datos del estado de su edificio y la solución más óptima o ventajosa. REFORMA ENERGÉTICA

En Extremadura más del 60% de los edificios de viviendas multifamiliares tiene una antigüedad superior a 40 años lo que significa que no son energéticamente eficientes.

Entre las barreras más importantes para afrontar una reforma energética los usuarios identifican la falta de asesoramiento técnico y la dificultad en el acceso a la financiación. Sin embargo, la rehabilitación energética de edificios conlleva beneficios económicos, sociales y medioambientales para los usuarios.

El lastre legislativo de la actual pandemia: los plazos de prescripción tributaria

La actual ministra de Hacienda, María Jesús Montero, con el ex ministro Cristóbal Montoro / Gtres

idealista.com

Artículo escrito por Pablo Sprazzato, fiscalista en el despacho Ventura Garcés

Hace un tiempo, se llevó a cabo en Madrid la quinta edición del «Spanish International Tax Summit» organizado por la Asociación Española de Derecho Financiero (AEDF) y el tema central del Summit fue «El conflicto tributario en fiscalidad internacional».

Asistieron a dicho Summit importantes especialistas en materia de fiscalidad internacional, tanto del sector privado, del sector público (i.e. AEAT) como del sector académico (Universidad de Núremberg e Instituto de Estudios Fiscales).

Si bien recuerdo, en el aire se respiraba cierto optimismo por la reducción de las cifras en materia de resolución de conflictos tributarios y por la implementación de determinados avances tecnológicos en la materia, pero lo cierto es que, los referidos conflictos tributarios se siguen sucediendo y la legislación vigente hace que este supuesto optimismo se vea sólo reflejado en reuniones de este tipo y no en la propia realidad.

Por ende, con motivo de la actual pandemia por el covid-19, me he propuesto analizar uno de los lastres legislativos que actualmente se encuentra vigente y proponer una idea para intentar minimizar los referidos conflictos tributarios. Este lastre es el conocido como los plazos de prescripción tributaria.

Los plazos de la prescripción tributaria

Estoy convencido de que uno de los mayores problemas dentro del conflicto tributario y también uno de los hechos que generan mayores incertidumbres a la hora de invertir en España son los actuales plazos de prescripción tributaria.

El art. 66 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante LGT), establece que “prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos:

  1. El derecho de laAdministración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.
  2. El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.
  3. El derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
  4. El derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.”

El hecho de tener un plazo de prescripción tan largo en los actuales tiempos, genera a su vez, una inmensa carga de custodia y archivo de toda documentación con trascendencia fiscal.

En este sentido, gracias a los aportes del Big Data, hoy muchas empresas pueden costear el almacenaje digital de toda la documentación de importancia fiscal, con el riesgo añadido de sufrir ciberataques que roben esta delicada información o que se extravíen por razón de migración de datos (que las propias empresas dedicadas al Big Data muchas veces no pueden explicar con claridad).

Dados estos argumentos, sobre el extenso plazo de 4 años y el deber de custodiar la documentación fiscal soporte de todas las operaciones, es importante hacer un repaso de cuál es el estado actual de los avances en cuanto a la simplificación en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y los mecanismos legales que permiten un intercambio en tiempo real de la información fiscal, a saber:

  • Tecnologías de la información: actualmente la inmensa mayoría de los trámites se pueden realizar vía Sede Electrónica de la AEAT, a través del certificado electrónico o Cl@ve Pin. Hoy también, es posible realizar la declaración de la renta vía app, darse de alta para recibir notificaciones electrónicas, consultar documentos emitidos por la AEAT mediante CVS, etc. Por otra parte, actualmente se pueden realizar trámites y gestiones mediante Home Banking, consulta de consumos y facturación, etc.
  • La implementación del Acuerdo Multilateral entre autoridades competentes sobre intercambio automático de información de cuentas financieras (i.e. gran ejemplo de ello ha sido que el malo de la película “Principado de Andorra” durante 2018 compartió información bancaria con 41 países entre ellos España).
  • Las tediosas y periódicas declaraciones informativas que todos los contribuyentes y ciertos intermediarios deben cumplir frente a la AEAT. Hoy existen al menos 46 obligaciones informativas genéricas, a lo cual habría que sumar las autoliquidaciones de gestión tributaria y las demás correspondientes a los Impuestos Especiales.
  • El Suministro Inmediato de Información del IVA (i.e. que según la propia AEAT incidirá sobre unos 63.000 contribuyentes que representan aproximadamente el 80% de la facturación total en España).
  • La constante renegociación de los Convenio de Doble Imposición (i.e. Panamá 2011, Alemania 2012, Argentina-Reino Unido en 2014, Canadá-Andorra en 2015, Catar-Méjico 2017, Bélgica y Finlandia 2018 y el más reciente con Estados Unidos en 2019).
  • Los actuales avances sobre el cruce de datos entre el Registro de la Propiedad y la Dirección Gral. de Catastro y, entre éstos últimos con la AEAT.

Todo ello hace que hoy la AEAT, las demás Haciendas Forales y todos los contribuyentes tengan a su disposición en tiempo real toda la información tributaria que permite cumplir con todas las obligaciones formales y autoliquidaciones de gestión tributaria, según el calendario del contribuyente.

Posible Solución

Una posible solución para evitar tener un plazo de prescripción tan extenso de 4 años sería, una revisión del mismo a la baja, el cual debería establecerse en 3 años. Este plazo de 3 años sería uniforme con el plazo de caducidad establecido para la deuda aduanera (aunque algunos especialistas en la materia lo consideran como un plazo de prescripción y en cambio el criterio de la STS de 30 de junio de 2005 y del TEAC 22/04/2015 establecieron que el plazo en cuestión es de caducidad porque el mismo no se interrumpe, sino que se suspende según los casos). 

El fundamento se encuentra en el artículo 103.1. del Reglamento (UE) Nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 9 de octubre de 2013 por el que se establece el Código Aduanero de la Unión (refundición) el cual dispone:

“Límites de la deuda aduanera:

1.   No se podrá notificar ninguna deuda aduanera una vez que haya transcurrido un plazo de tres años contados a partir de la fecha de nacimiento de la deuda aduanera.

(…).” 

A modo de cierre, el referido Reglamento dentro del Capítulo 4 relativo a la Extinción de la deuda aduanera, el artículo 124.1. establece:

“1. (…) una deuda aduanera de importación o de exportación se extinguirá de cualquiera de las siguientes maneras:

a) cuando el deudor ya no pueda ser notificado de la deuda aduanera contraída, con arreglo al artículo 103;

(…).”

Interrupción, suspensión y reinicio del plazo de prescripción

Otra cuestión importante asociada al punto precedente es que, cualquiera de los 11 actos enumerados en el artículo 68 de la LGT realizados tanto por los contribuyentes como por la Administración tributaria, interrumpen los plazos de prescripción con la consecuencia establecida en el punto 6 del citado artículo, es decir, …se iniciará de nuevo el cómputo del plazo de prescripción….

A mi entender, esto es realmente caótico y genera un importante caudal de litigios y conflictos tributarios, ya que cualquier de los referidos actos emanados de la Administración tributaria como de los propios contribuyentes perjudican (i.e. interrumpen) el cómputo del plazo y reavivan por un nuevo plazo de 4 años la prescripción.

Por otro lado, el plazo de prescripción también puede en determinados casos suspenderse (i.e. art. 68.8. último párrafo) con lo cual también ello extiende en el tiempo la dilación de las distintas situaciones jurídico tributaria con la consecuente inseguridad jurídica y los litigios con la AEAT.

Por ello insisto, que el estado actual de los avances en cuanto a la simplificación en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y los mecanismos legales que permiten un intercambio en tiempo real de la información fiscal, hacen que la interrupción, suspensión y reinicio del plazo de prescripción resultan ya fuera de contexto y merecen una revisión a fondo.

Lo lógico, por tanto, sería buscar una solución mediante una correcta redacción del artículo 68 de la LGT y de los artículos subsiguientes y concordantes para que el reinicio del cómputo del plazo quedara también reducido a 3 años.

Conclusión

En un mundo tan dinámico, con importantes retos a vencer con motivo de la actual pandemia por la COVID-19, la cual ha hecho prever que desde el ordenador de tu casa y con acceso a internet las distancias se han acortado, lo lógico sería acortar también los plazos de prescripción tributaria para reducir los conflictos de esta índole; sobre todo para aquellos a quien les toca levantar nuestro país como los estudiantes, trabajadores, autónomos y empresas.

La recaudación tributaria y de cotizaciones sociales se desploma un 30% en el confinamiento

Gtres

idealista.com

Desde abril la recaudación por impuestos y cotizaciones sociales ha mostrado un claro deterioro de los ingresos totales. Las cotizaciones de abril se reducen en un 6% en relación al año anterior y las de mayo y junio en un 14%. En cuanto a los ingresos tributarios, su cuantía total cae en torno a un 30% en relación a 2019 en abril, mayo y junio y el acumulado hasta este último mes en un 11%, según cifras de Fedea. Este descenso se debe a la caída de la actividad económica y a los aplazamientos de pagos tributarios autorizados por ley durante el estado de alarma.

En lo que respecta a los ingresos que se queda el Estado, estos se reducen en torno a dos tercios durante abril y mayo y pasan a ser negativos en junio (indicando que el Estado está pagando más de lo que recauda en entregas a cuenta a las administraciones territoriales). Los ingresos estatales acumulados hasta junio caen en casi un 35%, mientras que los de las CCAA aumentan en torno a un 11%. El grueso de la caída refleja el descenso de la actividad y los aplazamientos de pagos tributarios que han sido autorizados en los recientes decretos de medidas paliativas de la crisis del covid, que han supuesto una pérdida (en principio transitoria) de recaudación hasta junio de unos 3.400 millones de euros.  

Fedea pone en evidencia que el impacto de la crisis sobre las cuentas públicas se aprecia con claridad, al registrarse una fuerte caída de la recaudación tributaria y un significativo aumento del gasto, mientras que las prestaciones por desempleo y cese de actividad comenzaron a caer en junio. Fedea señala que se observa una clara recuperación de la actividad y el empleo, aunque manteniéndose todavía en niveles muy por debajo de lo normal.

En cuanto a la partida de los gastos, a nivel autonómico, el impacto de la crisis es poco significativo, con la excepción de abril, y proviene en buena parte del fuerte crecimiento del gasto corriente en bienes y servicios s (+13,3% en el acumulado hasta mayo) que seguramente es de origen sanitario. En cuanto al Estado, los efectos de la crisis comienzan a apreciarse en el mes de marzo, con un incremento en el gasto total del 20% en relación al mismo mes del año pasado que recoge el fuerte aumento de las transferencias a CCAA (en más del 50%) y del gasto corriente en bienes y servicios (que más que se triplica) como resultado de la evolución del gasto sanitario y farmacéutico. En abril el patrón se mantiene y acentúa, con un crecimiento interanual del gasto del 50% debido fundamentalmente al aumento de las transferencias a las CCAA (incluyendo un anticipo de la mitad de la previsión de la liquidación de 2018, además de las mayores entregas a cuenta) y a la Seguridad Social, así como al crecimiento del gasto sanitario (que pesa poco en el total).

En mayo las transferencias a CCAA se normalizan y con ellas el nivel de gasto en el mes, que “sólo” crece un 11% en relación al año anterior. Finalmente, en junio se observa otro fuerte repunte del gasto que se debe fundamentalmente a una transferencia de 11.000 millones a la Seguridad Social para compensar los efectos de la crisis sobre sus cuentas.

Finalmente, en el caso de la Seguridad Social el cambio más llamativo es el incremento en el gasto de abril y mayo como resultado del pago de prestaciones por ceses de actividad ligados al Covid, que asciende a más de 1.000 millones mensuales. Esta partida es la principal responsable del aumento interanual del gasto en los meses de abril a junio (entre el 12 y el 14%).

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