Ampliado el plazo para pedir la moratoria hipotecaria y del alquiler de vivienda hasta finales de septiembre

Gtres

idealista.com

El Consejo de Ministros ha aprobado ampliar el paquete de medidas sociales que ya decretó en pleno estado de alarma por el coronavirus. Entre ellas, se prorrogan los plazos para solicitar la moratoria en el pago de las hipotecas y del alquiler a los grandes propietarios hasta finales de septiembre. Además, los contratos de alquiler vencidos en este periodo podrán prorrogarse seis meses, y se garantizan los suministros energéticos del hogar hasta el 30 de septiembre.

La moratoria del pago de la cuota del préstamo hipotecario y del pago de la renta del alquiler en el caso de vivir en una casa de un gran propietario –una administración pública o persona jurídica o física con más de ocho viviendas- durante el estado de alarma fueron de las grandes medidas sociales aplicadas por el Ejecutivo de Pedro Sánchez.

El Gobierno amplía los plazos hasta finales de septiembre, en el caso de las hipotecas para hacerla compatible con la moratoria que el propio sector bancario tiene en marcha, lo que de facto supondrá tres meses más de aplazamiento legal.  Los hogares que soliciten ambas se beneficiarán de tres meses sin cuotas del préstamo hipotecario, y otros nueve meses de carencia en la devolución del capital.

Hasta la fecha se han concedido 226.285 solicitudes de moratoria hipotecaria sobre la vivienda habitual, el 83% del total presentadas, según ha confirmado el vicepresidente primero del Gobierno, Pablo Iglesias.

Además del aplazamiento en estos pagos, la hipoteca y el alquiler, el Gobierno también amplía hasta el 30 de septiembre la prohibición de cortar los suministros energéticos, de luz, gas y agua a las familias más vulnerables. También se prorroga el plazo de percepción del bono social.

En cuanto al mercado de arrendamiento, aquellos contratos que se cumplan hasta el 30 de septiembre podrán pedir una ampliación por un periodo de seis meses.

Otro punto que se prorroga será la suspensión de las obligaciones incluidas en los contratos de créditos al consumo, que se podrá solicitar hasta finales de septiembre y seguirá teniendo una duración de tres meses. Hasta ahora se han concedido 364.407 solicitudes de moratoria sobre este tipo de préstamos. 

El vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030 Pablo Iglesias ha afirmado en la rueda de prensa posterior que “este Gobierno ha construido un escudo social único en España, con cosas mejorales, pero único hasta ahora en nuestro país. Los hogares vulnerables no quedarán excluidos de las políticas que se están adoptando para hacer frente a la pandemia. Hemos aprobado medidas para los más vulnerables que responde a criterios de justicia social”.

Cómo afecta la situación de ERTE y el cobro de una prestación pública a la declaración de la renta

Pixabay

idealista.com

Más de tres millones de trabajadores en España se han visto afectados por una situación de Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) desde el estallido de la crisis del coronavirus. En algunos casos se ha tratado de una paralización del contrato laboral y, en otros, de una reducción de la jornada habitual.

Desde los máximos alcanzados a finales de abril, que el Ministerio de Trabajo cifró en 3,38 millones de afectados incluyendo una suspensión total o parcial, el número ha ido disminuyendo y a cierre de junio habían salido de esta situación 1,56 millones de personas, según los datos oficiales.

El ERTE conlleva el cobro de una prestación pública, que alcanza el 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días y del 50% a partir de entonces en el caso de suspensión total del contrato, unos porcentajes que también se aplican en el caso de que se trate de una suspensión parcial del contrato. Por ejemplo, si una empresa aplica una reducción de dos horas en un trabajador que trabaje ocho horas habitualmente, cobrará seis horas de su empresa y el 70% de las dos horas perdidas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

¿Y cómo afecta el cobro de esta prestación en términos fiscales? La respuesta es que podría obligar al contribuyente a presentar la declaración de la renta y a tener que compensar la escasa retención de IRPF que se suele aplicar en las prestaciones públicas. Es decir, puede suponer un desajuste en la renta de 2020, aunque si se cumplen una serie de condiciones.

En la campaña de la renta de 2019, que terminó el pasado 30 de junio, Hacienda fijó en 14.000 euros anuales el límite total a percibir por el contribuyente en el caso de que tuviera al menos dos pagadores, siempre que “la suma de las cantidades procedentes del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, supera la cifra de 1.500 euros anuales”, explica la Agencia Tributaria.

Y todos aquellos que se hayan visto afectados por un ERTE tendrán al menos dos pagadores: su empresa y el SEPE. En tal caso, y siempre que se superen los límites que marca Hacienda, el contribuyente podría encontrarse con una desagradable sorpresa: a las prestaciones públicas por ERTE o por desempleo, por ejemplo, apenas se le aplica retención, por lo que a la hora de rendir cuentas con el fisco en la declaración de la renta habrá que pagar lo no retenido en su momento.

¿Hay forma de evitarlo? El trabajador tiene la opción de solicitar a su empresa por escrito que quiere que le aumente la retención, que se aplicaría durante todo lo que reste de ejercicio fiscal, o hasta que el empleado solicite un nuevo cambio o bien cambien sus circunstancias. En el caso de no aumentar la retención, el año que viene el contribuyente deberá pagar a Hacienda o recibirá una devolución menor para compensar el desajuste.

El Gobierno aprueba otros 50.000 millones de ayudas a las empresas para impulsar la recuperación

La Moncloa

idealista.com

El Gobierno saca más munición para paliar los efectos de la crisis del coronavirus y reactivar la economía tras el fin del estado de alarma. El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley de Medidas Urgentes para Apoyar la Reactivación Económica y el Empleo, un plan que contempla un nueva línea de avales y la puesta en marcha de un fondo de rescate para apoyar la solvencia de empresas estratégicas. Entre ambas medidas suman una dotación de 50.000 millones de euros.

De dicha cantidad, 10.000 millones se corresponden al Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégica, que será gestionado por un Consejo Gestor a través de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), que entra dentro del marco europeo de medidas de apoyo económico frente al coronavirus y que se corresponde con «un nuevo instrumento que estará dotado inicialmente con 10.000 millones de euros y cuyo objetivo es aportar apoyo público temporal para reforzar la solvencia empresarial de empresas no financieras afectadas por la pandemia del covid-19 que sean consideradas estratégicas para el tejido productivo nacional o regional», explica el Ministerio de Hacienda.

El organismo asegura que la ayuda «va destinada a sociedades que atraviesen severas dificultades de carácter temporal como consecuencia del covid-19 y que sean consideradas estratégicas por diversos motivos, como pueden ser su sensible impacto social y económico, su relevancia para la seguridad, la salud de las personas, las infraestructuras, las comunicaciones o su contribución al buen funcionamiento de los mercados». 

Ahora bien, de momento se desconocen los requisitos. La documentación oficial solo detalla que las potenciales beneficiarias «deberán cumplir las condiciones previstas en el Marco Temporal comunitario y las que serán fijadas en próximas fechas por el Consejo de Ministros». No obstante, sí que detalla que deben ser las propias empresas interesadas las que deberán solicitar acceso a este fondo y que se podrá articular, según el caso, a través de la concesión de préstamos participativos, la adquisición de deuda subordinada y la suscripción de acciones u otros instrumentos de capital.

Además de este fondo de rescate, el Ejecutivo ha ampliado con otros 40.000 millones más los avales ICO destinados a apoyar la inversión de empresas y autónomos, y que se suman a los 100.000 millones aprobados al principio de la crisis, aunque en este caso el fin es distinto. 

Según el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, la nueva línea «tiene como objetivo apoyar nuevos proyectos de inversión del tejido productivo, tras una primera fase en la que primó la cobertura de las necesidades de liquidez. Se dirige a impulsar la actividad inversora y fomentarla en las áreas donde se genere mayor valor añadido, en torno a dos ejes principalmente: la sostenibilidad medioambiental y la digitalización». 

Al igual que en el caso anterior, las características específicas de la línea, el porcentaje de cobertura y la distribución por tramos se aprobarán por Acuerdo de Consejo de Ministros en las próximas semanas.

Economía también hace balance de las líneas ICO y asegura que esos 100.000 millones han permitido, hasta la fecha, que empresas y autónomos reciban 85.150 millones de euros en financiación para atender necesidades de liquidez. Con datos a 1 de julio, se han aprobado 663.995 operaciones, con un importe avalado de 64.725 millones de euros principalmente a pymes y autónomos.

Madrid estará sin desahuciar hasta finales de 2020 y usará pisos vacíos y degradados de particulares

El alcalde Martínez-Almeida y los portavoces

idealista.com

El Ayuntamiento de Madrid ha pactado no enajenar ningún suelo ni vivienda pública, ni tampoco desahuciar hasta el 31 de diciembre de 2020. Hasta esta fecha, se paralizarán los desahucios ya iniciados. Además, adquirirá mediante la cesión del uso un importante paquete de viviendas turísticas para destinarlas al alquiler.

Dentro de los Acuerdos de la Villa, firmados tras lograr un acuerdo entre los portavoces de las distintas formaciones políticas en la capital de España (y que se sellarán oficialmente el martes 7 en un pleno extraordinario), se encuentran varias medidas relacionadas con la vivienda. Todos los grupos políticos quieren impulsar el desarrollo de un parque público de vivienda en alquiler similar al existente en ciudades europeas, como Viena, Berlín, Ámsterdam o París, de tal manera que se pueda alcanzar el 20% del parque inmobiliario mediante varias medidas.

Entre ellas se encuentra ampliar el parque público municipal en alquiler con la construcción de 15.000 nuevas viviendas protegidas por la EMVS en suelos ya cedidos por el Ayuntamiento.

El Ayuntamiento no podrá enajenar suelos ni vivienda públicas hasta el 31 de diciembre de 2020. Además, se reconvertirán en residencial aquellos suelos destinados a equipamientos o dotaciones (a excepción de las zonas verdes) siempre que no se vayan a desarrollar en ningún momento para tal fin.

El consistorio también establecerá con la Comunidad de Madrid fórmulas de gestión de cooperativas para el desarrollo de los suelos urbanizados obtenidos en el pasado como cesiones para redes supramunicipales en la ciudad de Madrid, así como para desarrollar los suelos residenciales patrimoniales que no vaya a promover directamente la Comunidad de Madrid.

Además, también quiere el Ayuntamiento incentivar a los propietarios de viviendas desocupadas su utilización por parte de la EMVS, de tal manera que la renta a pagar por el inquilino no sea superior al 30% de sus ingresos y que el precio del alquiler se sitúe cerca de un 20% por debajo del precio medio del mercado. El Ayuntamiento buscará fórmulas para compensar económicamente al propietario.

También se ha aprobado aumentar el parque público en alquiler mediante la cesión del uso de pisos vacíos y degradados de particulares a la EMVS para su rehabilitación y puesta en alquiler por esta a precios asequibles. En este sentido, el consistorio también planea fomentar la inclusión de las viviendas turísticas en el mercado del alquiler, pero todavía no hay un mecanismo determinado que consolide su conversión de alquiler turístico a alquiler tradicional.

Y es que el consistorio asegura que hay 15.000 viviendas turísticas que están desocupadas porque “sus propietarios han visto como estas eran objeto de órdenes administrativas de cese de la actividad por vulnerar la normativa urbanística, o simplemente porque se encuentran fuera de la normativa, o sobre todo se encuentran ante un panorama incierto tras la crisis del covid-19”.

Fomento del alquiler

Los diferentes partidos políticos buscarán fórmulas para desarrollar ayudas directas al alquiler gestionadas por la EMVS de forma que determinados grupos sociales (jóvenes, mayores, familias numerosas, familias monoparentales, personas con discapacidad, colectivos vulnerables…) que viven de alquiler para que no destinen más del 30% de sus ingresos para pagar sus cuotas de arrendamiento.

Las empresas españolas, las más pesimistas de Europa ante el impacto de una recesión en su negocio

inmodiario.com

Más de la mitad de las compañías encuestadas prevé que el declive económico tenga graves consecuencias para su organización.

El sector hostelero y de ocio, el tecnológico y el energético, las tres industrias más afectadas por la recesión post-COVID.

9 de cada 10 encuestadas (92%) consideran que el riesgo de recesión puede afectar a los compromisos de pago de sus clientes.

El 62% de las compañías españolas afirma que los retrasos en los pagos dañan su liquidez, la cifra más alta del tejido empresarial europeo.

La crisis del coronavirus está impactando fuertemente en el tejido productivo español. La paralización de la actividad y el hundimiento de la demanda está provocando que muchas empresas echen el cierre de manera definitiva. Tanto es así, que el nuevo Informe Europeo de Pagos de Intrum, que analiza el impacto de la COVID-19 en el tejido empresarial de 29 países europeos, sitúa a las empresas españolas como las más pesimistas de Europa ante el impacto de una recesión en su negocio.

El 54% de las encuestadas prevé que la recesión tenga graves consecuencias para su organización, 16 puntos por encima del promedio europeo y 24 más que grandes economías como nuestros vecinos galos. Tal era el pronóstico negativo de las empresas españolas que 3 de cada 4 encuestadas ya preveía durante la pandemia la entrada inminente de España en una recesión.

Y es que, en el marco de Europa, entre las casi 10.000 compañías entrevistadas, las perspectivas de las empresas españolas se sitúan tan solo a siete puntos porcentuales de las portuguesas (47%) y suizas (47%) y a 8 puntos de las alemanas (46%).

Por el contrario, las organizaciones europeas más optimistas son las holandesas, donde solo el 14% de su tejido empresarial considera que la recesión tendrá un efecto muy negativo en su desarrollo, seguidas de las irlandesas (21%) y griegas (24%).

La percepción sobre el impacto del declive económico en los negocios no solo varía a nivel internacional, también en las industrias más representativas. En el caso español, las limitaciones gubernamentales para viajar, ir de compras, salir a cenar o realizar actividades de ocio han afectado considerablemente al sector hostelero y de ocio, que supone el 6,2% del PIB español y es uno de los motores de la riqueza nacional.

De hecho, 7 de cada 10 organizaciones de este sector (73%) reconocen que la recesión tendrá un efecto severo en su negocio, la cifra más alta de las once industrias encuestadas.

Seguidamente, se sitúa el sector tecnológico, en el que el 65% de las organizaciones considera que la recesión le afectará severamente, y el energético, donde 6 de cada 10 encuestadas realizan la misma afirmación.

Por contra, el sector público y el sector industrial y químico, que es el segundo mayor exportador de la economía española, son los más optimistas en relación con los efectos de la recesión, pues solo un 33 y un 45%, respectivamente, auguran que el declive económico tendrá graves consecuencias en su negocio.

Los retrasos en los pagos, el gran desafío de esta nueva etapa

El estudio de Intrum también ha querido analizar los desafíos que tendrán que afrontar las empresas españolas en esta ‘nueva normalidad’ y no cabe duda de que los retrasos en los pagos será uno de ellos. Tal y como refleja este informe, 9 de cada 10 encuestadas (92%) considera que el riesgo de recesión puede afectar a los compromisos de pago de sus clientes, 35 puntos por encima del promedio europeo, que se encuentra en el 57%.

Esta preocupación es compartida por una de las mayores economías de la eurozona: Alemania. El 68% de las empresas que operan allí cree que el riesgo de recesión será uno de los principales desafíos a los que tengan que enfrentarse las empresas que pagan a tiempo.

Ante este escenario, la prevención de impagos empieza a vislumbrarse como algo más necesario que nunca. Especialmente cuando los últimos datos del Banco de España reflejan que las organizaciones podrían contar además con dificultades de financiación.

Ambos supuestos hacen que una de las mayores preocupaciones del tejido empresarial sea la reducción de liquidez que suponen los retrasos en los pagos. Tal y como muestra este informe, 6 de cada 10 compañías españolas (62%) afirman que los impagos tienen graves consecuencias en su liquidez, siendo el país europeo al que más le afectan los retrasos en los pagos en este sentido.

Le siguen muy de cerca Grecia (56%) y Polonia (55%), mientas que países como Alemania y Reino Unido apenas superan la media europea (45%) en seis puntos porcentuales.

No obstante, la liquidez no es la única inquietud de las organizaciones ante esta ‘nueva normalidad’. Más de la mitad de las encuestadas (55%) reconoce que los retrasos en los pagos impiden contratar nuevo personal y un 42% asegura que los impagos amenazan su supervivencia, tres puntos más que el promedio europeo (39%).

OCU aconseja revisar la tarifa del agua a los consumidores que viven en comunidad de propietarios

inmodiario.com

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) aconseja revisar la tarifa del agua para aquellos consumidores que viven en comunidad de propietarios y tengan un solo contrato de suministro para toda la comunidad, a fin de comprobar si la citada tarifa se está aplicando correctamente o están pagando de más.

Las tarifas del agua están reguladas por normas administrativas y las aplican las sociedades de gestión del agua en cada demarcación. Dichas tarifas son progresivas, suelen establecerse por bloques en función del volumen de agua consumida, de tal forma que, a más consumo, mayor tarifa. También tienen en cuenta el uso dado al agua ya que no es lo mismo el uso doméstico que el uso comercial o industrial, por ejemplo.

Hay muchas comunidades de propietarios que tienen contratado el suministro de agua de modo conjunto para toda la comunidad, en lugar de que cada propietario individual firme un contrato propio.

Esas comunidades hacen un solo pago por el agua consumida, que incluye tanto el consumo común (si existen jardines, piscina, puntos de agua en el garaje, etc.), como la suma del consumo individual de todos los propietarios.

Este gasto individual se distribuye entre los propietarios en función del consumo marcado en el contador individual. Y el gasto común de agua constituye una partida de gasto en el presupuesto ordinario, y como tal es sufragado por las cuotas ordinarias de la comunidad de propietarios.

OCU advierte que el hecho de establecer un pago conjunto para toda la comunidad, no significa que la compañía suministradora pueda imponer a la comunidad la tarifa por el bloque más alto de consumo, ya que en el caso de contratos de suministro de agua concertados por una comunidad de propietarios y destinados a una multiplicidad de viviendas y usuarios, donde el uso del agua es doméstico o asimilado, para determinar los límites de los bloques de consumo de agua aplicables se debe individualizar en función del número de viviendas que integran las Comunidades de Propietarios.

Así lo ha establecido el Tribunal Supremo en una reciente sentencia de 8 de junio de 2020 de la Sala de lo civil, que da la razón a dos comunidades de propietarios frente a la sociedad de gestión del agua (Canal Isabel II Gestión, S.A.), por haberles aplicado mal las tarifas sin tener en cuenta que hay una multiplicidad de usuarios y viviendas.

Los jueces dicen que aplicar el bloque más alto de tarifas como si fuese un único usuario va en contra de los principios de unidad, igualdad y progresividad.

Por tanto, en el caso juzgado se condena a la sociedad gestora del agua a aplicar las tarifas correctas desde el inicio, lo que implicará en la práctica, rectificar las facturas y devolver los importes cobrados de más desde el inicio. Los jueces reconocen que es muy complicado para el consumidor calcular cuál es el importe cobrado de más y que debe ser la sociedad de gestión quien haga ese cálculo correcto.

OCU aconseja que revisen las tarifas de agua de la comunidad de propietarios con contrato único de agua para comprobar si están aplicando correctamente las tarifas de agua, y en su caso reclamar, ya que la diferencia del gasto puede ser muy elevada.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento en la aceptación de nuestra política de privacidad y la aceptación de nuestra política de cookies, consulte nuestra política de privacidad, pinche el enlace para mayor información sobre nuestra política de cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies