E
l Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se
declara el estado de alarma para la gestión de la situación de
crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece un gran
número de nuevas obligaciones, prohibiciones y posibles intervenciones de la Autoridad. Las sanciones,
recogidas en la conocida como Ley Mordaza, oscilan entre 100 y 600.000 euros, o prisión de tres meses hasta
un año, según la gravedad de la infracción.
¿QUÉ SANCIONES PUEDEN IMPONERSE EN
CASO DE INCUMPLIR LAS OBLIGACIONES
Y MANDATOS DEL ESTADO DE ALARMA?
Infracciones
contra la
protección de
la seguridad
ciudadana.
Se impondrán multas de 100 a 600 euros a las personas que retiren o muevan vallas,
encintados u otros elementos fijos o móviles colocados por las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad para delimitar perímetros de seguridad. Asimismo, la desobediencia o la
resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones así como la negativa
a identificarse será sancionado con una multa de 601 a 30.000 euros.
Infracciones
contra la salud
pública.
La realización de conductas u omisiones que puedan producir un riesgo o un daño
grave para la salud de la población serán motivo de sanción con multas de entre 3.001 y
60.000 euros. En caso que estas conductas produzcan un riesgo o un daño muy grave para la
salud de la población la sanción se incrementará a un mínimo de 60.001 euros y hasta
600.000. De esta misma forma el incumplimiento de forma reiterada de las instrucciones
recibidas por la autoridad competente también será multado con este importe.
Infracciones
contra la
protección
civil.
Se impondrán sanciones desde 30.001 hasta 600.000 euros para las personas al
incumplir las órdenes, prohibiciones o instrucciones pongan en riesgo la seguridad de las
personas o bienes. En el caso que el riesgo sea de especial peligrosidad o trascendencia, la
sanción puede incrementar desde 1.501 hasta 30.000 euros.
Infracciones
contra el
código penal.
Pueden ser castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a
dieciocho meses, los que se resistan o desobedezcan gravemente la autoridad de los agentes
en el ejercicio de sus funciones.