La piscina más grande del mundo controla su aforo con una app valenciana

Piscina del complejo hotelero de San Alfonso de Mar en Valparaíso (Chile).
Piscina del complejo hotelero de San Alfonso de Mar en Valparaíso (Chile).

elespanol.com

MyTurn.es nació en mayo como respuesta a la gestión de espacios comunes de las comunidades de vecinos.

Una de las recomendaciones que ofrecen las autoridades sanitarias desde que comenzó la pandemia de la covid-19 es evitar las aglomeraciones y reducir los contactos para frenar su propagación. Como consecuencia, en estos meses han surgido múltiples soluciones que ayudan a controlar el aforo en espacios limitados, como centros comerciales, oficinas o recintos públicos.

Con este propósito, en mayo veía la luz la startup valenciana MyTurn.es. Sus fundadores –Óscar Aguilera, Gaspar Fernández y Fernando Gómez– desarrollaron una aplicación que, de entrada, resolviera el problema de la gestión de espacios comunes en zonas residenciales. De esta forma se facilitaba el uso de piscinas y otras instalaciones a sus propietarios.

Pronto se dieron cuenta de que su software podía ser útil para todo tipo de superficies y acaban de cerrar un acuerdo con la piscina más grande del mundo. Ubicada en la región de Valparaíso (Chile), se trata de una laguna artificial con más de un kilómetro de largo, que se adentra en el océano Pacífico desde el complejo hotelero San Alfonso del Mar, en la localidad de Algarrobo. A partir de ahora, para acceder a la piscina los bañistas tendrán que descargar y hacer uso de la app valenciana.

MyTurn.es integra diversas funcionalidades que permiten gestionar las reservas de una forma rápida y sencilla por parte del usuario. Ofrece actualización instantánea de datos, conexión API con cerraduras y cámaras de conteo automático, y confirmación presencial mediante código QR, entre otras. Este software no solo permite gestionar los aforos para garantizar la seguridad de los usuarios, además, en caso de contagio, facilita a los rastreadores el histórico de contactos. 

Lo que comenzó siendo una simple aplicación para poder darse un chapuzón en la piscina de las comunidades de vecinos, se ha convertido en una solución que, junto a Take a Spot, ha facilitado la vuelta a la nueva normalidad en espacios compartidos. Esto incluye campings, hoteles, instalaciones municipales, comercios, empresas y residencias universitarias. Ya la utilizan en España, México y Chile, y en su plan de expansión figuran países como Argentina y Colombia.

Todo lo que debes saber sobre el plan de ayudas a la rehabilitación de edificios

Gtres

idealista.com

Sandra Barañano

Hasta un 40% de las emisiones que se registran en las ciudades proceden del consumo de los edificios “depredadores de energía”. Lo que se debe, fundamentalmente, a que el parque inmobiliario envejece a un ritmo anual del 2%, mientras la rehabilitación edificatoria afecta únicamente al 0,15% del mismo. Como consecuencia, actualmente el 83% de las viviendas en España tiene más de 18 años, una antigüedad que lleva aparejada la dificultad de hacer frente a la emergencia climática desde el sector inmobiliario.

El parque de edificios español cuenta con un importante potencial de ahorro y de incorporación de energías renovables. Y en este contexto, el Programa para la Rehabilitación Energética de Edificios (PREE), aprobado el pasado 4 de agosto, regula las ayudas para actuaciones de rehabilitación energética.

Es cierto que los edificios que opten a estas actuaciones deben haber sido construidos antes de 2007. Y que la cuantía de las ayudas será para todas las tipologías de actuación del 35% del coste elegible, salvo en los casos de las mejoras de eficiencia energética en instalaciones de iluminación, en los que la ayuda será del 15%. Aunque si se optara por rehabilitaciones en viviendas o locales individuales dentro de edificios, estos porcentajes serían del 25% y del 15%, respectivamente. Ahora bien, ¿qué actuaciones son subvencionables?

El PREE destinará 300 millones de euros para ayudas directas a actuaciones relacionadas con la mejora de la envolvente térmica y de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas.

En este sentido, valga como ejemplo la sustitución de energía convencional por energía solar térmica, geotérmica o biomasa. Además, se incluiría la mejora de la eficiencia energética de subsistemas de generación como la bomba de calor, así como la mejora de la eficiencia energética de subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas. De igual modo, se contemplan ayudas para mejorar las instalaciones de iluminación.

Sea como fuere, para poder acogerse al programa, las actuaciones para las que se soliciten las ayudas deberán justificar la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono con respecto a su situación de partida. Y tendrán que mejorar la calificación energética total del edificio.

Por otra parte, las actuaciones subvencionables han de realizarse en edificios de vivienda unifamiliar, de tipología residencial colectiva de vivienda o de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural…).

Excepcionalmente, en atención a la tipología edificatoria o a las características climáticas, las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla podrán permitir en sus convocatorias considerar subvencionables las actuaciones sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o sobre partes de un edificio.

Sin embargo, no podrán subvencionarse las actuaciones realizadas en edificios de nueva construcción, las que supongan una ampliación que incremente la superficie o el volumen construido, ni tampoco las que conlleven un cambio de uso de edificio.

En cualquier caso, desde Andimac ya propusimos un Plan Nacional de Rehabilitación y Reforma para ejecutar la dotación presupuestaria destinada a mejorar la eficiencia energética de edificios, para lo que convendría desarrollar un único modelo que pueda gestionarse desde las comunidades y extrapolarse fácilmente a nivel territorial.

Porque la lucha contra el cambio climático a través de las actuaciones en edificios no puede hacer aguas por los retrasos e ineficiencias que provoca la transferencia de competencias en materia de Vivienda. Y porque de esa lucha, al fin y al cabo, también dependerá la reconstrucción social y económica de España tras la pandemia.

La rehabilitación de edificios y viviendas y la regeneración urbana costarán 5.300 millones

El gobierno planea mejorar la eficiencia energética de unas 480.000 viviendas

El Ejecutivo tiene previsto destinar 5.300 millones de euros procedentes de los fondos europeos en la reforma y rehabilitación del parque de viviendas y de edificios oficiales, además de la regeneración urbana. En los próximos tres años (2021-2023) se espera mejorar la eficiencia energética de unas 480.000 viviendas.

La vicepresidenta económica, Nadia Calviño, ha destacado durante el pasado Spain Investors Day, un foro que reunió a más de 200 inversores internacionales, el plan de rehabilitación y regeneración urbana para los próximo tres años. Con un presupuesto de 5.300 millones de euros se pretende aumentar la eficiencia energética y reducir la contaminación por los gases de efecto invernadero que desprende de 480.000 viviendas.

En los Presupuestos Generales del Estado recién aprobados hay un desglose a tres años es: 2.400 millones de euros para vivienda y barrios; 500 millones para ciudades de menos de 5.000 habitantes pensando en el reto demográfico; 1.080 millones para edificios de comunidades y Ayuntamientos; 1.000 para edificios de la Administración del Estado; 20 para que las entidades locales diseñen sus planes de acción de la Agenda Urbana, y 300 de una convocatoria que ya ha sacado el Instituto para la Diversificación Energética.

Calviño avanzó que el plan de rehabilitación pretende multiplicar por cinco la cifra actual de viviendas que se renuevan anualmente. Según cálculos del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, se podrían crear unos 400.000 puestos de trabajo.

La pretensión del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, dirigido por José Luis Ábalos es aunar la colaboración de comunidades y ayuntamientos, que son los que tienen las competencias en materia de vivienda y urbanismo.

¿Por qué se han desplomado tantas cubiertas por la nieve?

¿Por qué se han desplomado tantas cubiertas por la nieve?

inmodiario.com

Juanjo Bueno

Los fabricantes de la Sección de Tejas de Hispalyt reivindican este material como el más seguro para la cubierta.

Los últimos temporales que han azotado la península ibérica han contribuido al hundimiento de varios tejados y cubiertas ligeras.

La cubierta del CEIP Gregorio Marañón y otros dos colegios en Toledo capital, la comandancia de la Guardia Civil en Tres Cantos, las cubiertas de pistas deportivas del Colegio Maristas en Chamberí, del polideportivo Luis Aragonés y de hasta otros 15 centros deportivos y pistas de la capital, el histórico pabellón «la Nevera» del IES Ramiro de Maeztu, parkings de centros comerciales en todo el país… Las grandes nevadas caídas en toda España por el paso de la borrasca Filomena han puesto de manifiesto la falta de seguridad de estas infraestructuras que no han podido soportar el peso adicional de la carga de nieve.

Todas ellas tienen un factor en común; ninguna está construida con tejas cerámicas, un material que una vez más ha vuelto a demostrar su seguridad y fiabilidad incluso en las condiciones más adversas.

Para Noé Román, presidente de la Sección de Tejas de Hispalyt (Asociación Española de Fabricantes de Tejas y Ladrillos de Arcilla Cocida), «afortunadamente en esta ocasión no tenemos que lamentar daños personales que es lo más importante, pero ¿Qué pasará la próxima vez?, es el momento de reflexionar sobre la seguridad de todas las infraestructuras que han colapsado».

La construcción de cubiertas y los materiales elegidos han sido puestos en entredicho por la climatología adversa. Desde la Sección de Tejas de Hispalyt recuerdan que para zonas como Madrid, Castilla-La Mancha o todas aquellas con una altitud inferior a 1.000 metros, el Código Técnico de la Edificación (CTE) establece en su Documento Básico de Seguridad Estructural Acciones en la Edificación (DB-SE-AE) una sobrecarga de 0,60 kN/m2 (61,19 kg/m2). Es decir tendría que haber más de 80 cm de nieve acumulada en cubiertas para que esta colapsase.

«Sin embargo, numerosas cubiertas han caído con una carga de nieve inferior», asegura Noé Román, «ni siquiera en el caso de nieve prensada con un peso superior que la recién caída (2,00 kN/m3) se han alcanzado los centímetros necesarios para que las cubiertas hayan cedido. Es el momento de plantearnos qué ha pasado y qué debemos hacer para evitar que vuelvan a darse estas situaciones tan peligrosas», añade.

El grupo de fabricantes unido bajo el paraguas de Hispalyt coincide en que la seguridad estructural de otros materiales como estructuras metálicas o ligeras no es suficiente ante fenómenos climatológicos muy adversos. Algunas de estas cubiertas, como las pistas deportivas o las marquesinas que cubren parkings en el exterior no están reguladas por el CTE. Sin embargo, el temporal ha puesto de manifiesto que se necesita una normativa más exigente que regule estas infraestructuras porque el peligro para las personas es patente. «Todos nosotros coincidimos en que hay que reclamar a las distintas administraciones que incrementen las medidas de seguridad de las cubiertas de equipamientos e infraestructuras públicas. De la misma forma que creemos que es imprescindible que se realicen revisiones periódicas de las cubiertas», afirma Román.

Además los asociados a la Sección de Tejas de Hispalyt coinciden en señalar que la seguridad de una cubierta de tejas, ante una nevada, no reside solo en los productos que fabrican, sino también en el sistema constructivo completo, así como en su adecuada instalación y mantenimiento.

Para Noé Román es importante también recordar que, además de las viviendas construidas después de la aplicación del CTE, hay millones de edificios en España más antiguos que no se construyeron bajo esta normativa. «Es fundamental que apostemos por la revisión del estado de nuestras cubiertas y por su rehabilitación en caso de deficiencias estructurales. Los argumentos para elegir una cubierta de tejas son más que evidentes».

Su durabilidad, su resistencia mecánica y su gran comportamiento frente a fenómenos climatológicos adversos hacen de este material una gran opción si se quiere apostar por la seguridad de las edificaciones. Además de un gran comportamiento frente a cargas de nieve o granizo, los tejados de tejas aguantan, según confirman los ensayos vientos de hasta 180 km/h y lluvias torrenciales superiores a 6 litros por minuto y metro cuadrado.

Hacienda elevará impuestos especiales, replanteará el sistema de módulos y revisará deducciones en Sociedades

Un comité de expertos debe analizar la reforma fiscal integral y contará con un año para aprobar sus conclusiones

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elderecho.com

El Ministerio de Hacienda quiere iniciar este año su anunciada reforma fiscal en la que planteará, entre otras medidas, un aumento de los impuestos especiales, concretamente el que grava el consumo de tabaco, así como una revisión del sistema de módulos por el que tributan muchos autónomos y un replanteamiento de las deducciones que existen actualmente en el Impuesto sobre Sociedades, según han trasladado a Europa Press en fuentes de este departamento.

La intención de Hacienda es convocar al inicio de 2021 al comité de expertos que debe analizar la reforma fiscal integral y que contará con el plazo de un año para aprobar sus conclusiones, comité que estará abierto no sólo a las universidades y a las empresas que se dedican al ámbito financiero, sino también a los técnicos tributarios de comunidades y entidades locales.

Tras los cambios fiscales introducidos en los Presupuestos de 2021, que el Gobierno considera meros «retoques», como la subida del IRPF a las rentas más altas, el aumento del Impuesto de Patrimonio a partir de 10 millones de euros, la subida del IVA para bebidas azucaradas o el recorte de la deducción empresarial por repatriación de dividendos, Hacienda quiere introducir en las próximas cuentas públicas una reforma fiscal más ambiciosa, que englobe a la totalidad de las figuras impositivas y recorte la brecha fiscal de siete puntos del PIB que separa a España de la media europea.

Es el caso del Impuesto de Sociedades, ya que, según Hacienda, no tiene el rendimiento deseado y es preciso revisar los beneficios fiscales y realizar un análisis de la utilidad de algunas de sus deducciones.

Según fuentes de Hacienda, parte de las actuales deducciones del impuesto tuvieron su efecto en un primer momento y posteriormente se «amortizaron», y en otros casos es preciso analizar si tienen sentido en un periodo más corto de tiempo o si hay que extenderlas más años pero con algunos «matices».

Otras deducciones están directamente «obsoletas» y no cumplen con la utilidad para la que fueron creadas, mientras que, por el contrario, hay deducciones que «faltan» en materia de medioambiente o para favorecer la digitalización, según el departamento que encabeza María Jesús Montero.

REVISAR MÓDULOS Y SUBIDA DEL TABACO

En cuanto al sistema de módulos por el que tributan algunos autónomos y cuya eliminación se pide desde algunos ámbitos, Hacienda considera que sería conveniente ir avanzando hacia una tributación por los beneficios reales que se obtengan, ya que cuando se tributa por módulos es muy difícil «afinar», y cree que el proceso actual de digitalización de las pymes permite cada vez más saber cuáles son los beneficios reales sin cargar en exceso de burocracia a los pequeños negocios.

Respecto a los impuestos al alcohol y al tabaco, Hacienda estará a expensas de las recomendaciones de las autoridades sanitarias, pero en el caso concreto del tabaco, considera que el precio diferencial que tiene España con el resto de Europa debe ir corrigiéndose para que cada vez menos personas fumen.

También en temas de impuestos especiales Hacienda sigue defendiendo la equiparación paulatina de la tributación del diésel y la gasolina –se incluyó un aumento de la fiscalidad del diésel en los Presupuestos que decayó para conseguir el apoyo del PNV–, ya que, a su juicio, la diferencia actual «no tiene razón de ser» y España tiene la tributación del diésel más baja de la zona euro.

En materia de IVA, Hacienda quiere analizar el impuesto con «calma», aunque admite que España hace un mayor uso de los tipos reducidos que otros países de Europa y que la recaudación por este impuesto en relación con el PIB es menor que en la media de la UE.

ARMONIZAR IMPUESTOS AUTONÓMICOS

Armonizar los impuestos gestionados por las comunidades autónomas, en concreto Sucesiones y Donaciones, y Patrimonio, es otro de los objetivos de la reforma fiscal que quiere aprobar el Gobierno este año, además de analizar cuáles son las figuras tributarias más adecuadas para gravar la riqueza.

Lo que quiere evitar Hacienda, que insiste en que no se trata de ir contra ninguna comunidad, es que regiones que tienen una menor capacidad recaudatoria se vean obligadas a subir mucho la presión fiscal para tener la misma recaudación que otras que sí se pueden permitir bajar impuestos porque tienen más empresas o una mayor riqueza.

Además de estos cambios en figuras ya existentes, Hacienda cree que España, con una de las fiscalidades medioambientales más bajas de Europa, tiene margen para introducir nuevas figuras tributarias que favorezcan la economía verde, que vendrán a completar los nuevos tributos sobre los envases de plástico de un solo uso y el que gravará los residuos.

El panorama fiscal se completa con la entrada en vigor, este año, de dos nuevas figuras impositivas: el impuesto a las transacciones financieras, conocido como ‘Tasa Tobin’, y el impuesto sobre determinados servicios digitales, o ‘Tasa Google’, con los que el Gobierno espera recaudar unos 1.800 millones de euros.

EQUIPOS CON SEGURIDAD SOCIAL PARA COMBATIR ECONOMÍA SUMERGIDA

Junto con la reforma fiscal, la lucha contra el fraude es otra de las prioridades del Ministerio de Hacienda de cara a 2021. En este sentido, el Ministerio de Hacienda elaborará un estudio para realizar una «mayor aproximación» a la economía sumergida, que en España tiene una «distribución asimétrica» en el conjunto del territorio y se concentra especialmente en determinadas provincias o comarcas.

Por ello, Hacienda y la Seguridad Social van a establecer un plan conjunto de lucha contra la economía sumergida, en el que van a trabajar equipos multidisciplinares, con inspectores laborales y de Hacienda.

¿Cerco a la subcontratación en el 2021?

Especial atención a la Sentencia Número 1137/2020 de 29 de diciembre de 2020

Subcontratación

elderecho.com

Alvaro García Martínez

La reciente Sentencia Número 1137/2020 de 29 de diciembre de 2020dictada en unificación de doctrina por el Pleno de la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo, hace presagiar que la senda de cambios en la regulación de las relaciones laborales seguirá siendo incesante.

En este sentido, habrá que prestar especial atención a los cambios que estén por venir, considerando que entre ellos encontraremos los que afecten en la subcontratación de servicios.

En los últimos meses nos hemos enfrentado a una actualidad judicial que está sentando bases esenciales para la subcontratación.

Recordemos que la reciente Sentencia del Tribunal Supremo lo que ha venido es, indirectamente, a limitar el uso por parte de las empresas subcontratistas de contratos de trabajo de carácter temporal por obra y servicio, al impedir que su objeto lo constituya la duración de la relación mercantil con la empresa principal, cuando para la principal la actividad objeto de la contrata sea “una actividad ordinaria y estructural”, lo que de facto desplaza el análisis de la licitud y validez del contrato laboral temporal fuera de las partes que lo suscriben, debiendo estarse al análisis  de la sustancialidad y autonomía que la actividad pueda tener para la empresa principal.

Otro de los pronunciamientos judiciales del pasado año que de manera indirecta resultan de gran trascendencia para la subcontratación de servicios ha sido la Sentencia del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 25 de septiembre de 2020,  en relación a los “Riders” y el carácter laboral de los mismos.

En ambos casos, se trata de relevantes pronunciamientos que implican cambios interpretativos que afecta de manera indirecta pero clara a la subcontratación y que no han venido de cambios legislativos.

La importancia que la subcontratación tiene en el tejido productivo y la vigencia de problemáticas asociadas históricamente a la misma nos hacen recordar y traer a la actualidad del año que comienza los proyectos que quedaron en segundo plano por la pandemia, así como los compromisos programáticos (acuerdo de 30 de diciembre de 2019 de PSOE y Unidas Podemos) que más pronto que tarde se verán retomados.

Considerando en estos momentos improbable la anunciada reforma integral de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, sí parece razonable pensar que vayan a ser retomados cambios normativos que ya se apuntaban en el pasado, y la subcontratación es uno de éstos.

Ejemplo de ello lo encontramos en el proyecto de la denominada “Ley Rider”, que se encuentra ya en la mesa de diálogo con los agentes sociales y que pretende la regulación de las condiciones de quienes prestan servicios para las plataformas digitales.

Si acudimos al citado acuerdo programático de 30 de diciembre de 2019, éste de manera expresa ya señalaba como objetivo, dentro de la lucha contra el fraude laboral, la singular atención a las relaciones denominadas “extra laborales” como la de los “falsos autónomos”, siendo uno de sus reflejos legislativos la propuesta “Ley Rider”. Del mismo modo encontramos cómo dentro de los objetivos de legislatura estaba la modificación del art. 42.1 del Estatuto de los Trabajadores, sobre contratación y subcontratación laboral, con la pretensión de limitar la subcontratación a servicios especializados ajenos a la actividad principal de la empresa.

Esto nos lleva a considerar que no es descabellado pensar que uno de los siguientes pasos en el ámbito laboral sea la reforma en materia de subcontratación. Por ello, es de interés recuperar una proposición de Ley formulada en septiembre de 2016 por el Grupo Parlamentario Socialista para la modificación del artículo 42.1 del Estatuto de los Trabajadores, y cuya tramitación parlamentaria quedó paralizada en febrero de 2018.

Ésta recibió propuestas de enmiendas de los diversos partidos políticos, ciertamente de interés, y que iban encaminadas no sólo a la modificación del artículo 42 propiamente dicho sino a todos aquellos vinculados con la subcontratación.

Como decimos resulta de interés su lectura pues éstas responden en cierta medida a las pretensiones programáticas actuales, e incluso se puede advertir cómo una de ellas coincide con el reciente pronunciamiento de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 29 de diciembre de 2020. En concreto, la “enmienda nº 10” del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea propuso la reforma del artículo 1.a) del artículo 15 ET, mediante la adición del siguiente párrafo:

«La contratación y subcontratación de obras y servicios por parte de la empresa, ya sea de naturaleza civil, mercantil o administrativa, en ningún caso constituye causa que justifique por sí misma la celebración de esta modalidad contractual.».

De lo anterior puede concluirse que es probable que entre los cambios legislativos que se produzcan en este año que comienza encontremos aquéllos encaminados a modificar el régimen de contratación o subcontratación de la propia actividad. Si acudimos a la realidad judicial y a las previas propuestas legislativas estos cambios podrían ser:

  • La redefinición del contrato de obra o servicio vinculado a contratas o subcontratas;
  • La ampliación de la responsabilidad solidaria de la principal frente a todas las responsabilidades laborales, no sólo salariales y de seguridad social;
  • La equiparación en las condiciones laborales del personal con las de la empresa principal, incluida la aplicación del convenio colectivo;
  • El establecimiento de subrogación entre subcontratas que se sucedan.

Por tanto en estos momentos, ante el improbable escenario de un nuevo e íntegro Estatuto de los Trabajadores, al margen de las novedades legislativas que estén estrictamente vinculadas con la pandemia, habrá que estar atentos a las que se produzcan en el ámbito laboral durante 2021, siendo previsible que entre ellas se acometan aquéllas relacionadas con la subcontratación de servicios.

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